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Patronal y sindicatos de la construcción pactan una subida salarial del 10 % en tres años

Foto: EDUARDO MANZANA
12/05/2022 - 

VALÈNCIA (EFE). Patronal y sindicatos han alcanzado un principio de acuerdo para cerca de un millón de trabajadores de la construcción que incluye una subida del 10 % de los salarios de forma escalonada en tres años, desligándolos así del alza del IPC y usando otras opciones retributivas como un plan de pensiones.

Así se refleja en el preacuerdo sobre el VII Convenio General del sector firmado por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), CCOO del Hábitat y UGT-FICA para los próximos cinco años.

Según el texto pactado, en 2022 se elevarán los salarios un 4 %, en 2023 un 3 % y en 2024 otro 3 %, aunque "cuando se formalice el indicado Plan de Pensiones, una parte se destinaría a aportaciones al Plan de Pensiones que se promueva".

Las subidas de los dos últimos años se concretarán "una vez analizada la situación económica de España a la vista de los problemas de desabastecimiento y la crisis por el conflicto bélico en Ucrania".

A modo de compensación por el alza del IPC, se ha incluido una cláusula de garantía salarial que tendrá en cuenta el promedio de los IPC de cada año para incrementar las tablas salariales de 2025.

Plan de pensiones sectorial

Además, se ha acordado promover un plan de pensiones de empleo sectorial cuando se promulgue la Ley de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo que se está tramitando en el Parlamento y "siempre que en su regulación se recojan los incentivos comprometidos por el Gobierno".

La idea es que este plan de pensiones colectivo "actúe como complemento al sistema público, apoyando así el contenido económico-laboral del mismo con otro pilar que, de forma similar a la Fundación Laboral de la Construcción, incorporará a nuestro sector una nueva mejora histórica de marcado carácter social", explican los firmantes.

En materia de contratación, se regula el nuevo contrato indefinido adscrito a obra, se fija un período máximo de duración del contrato temporal por circunstancias de la producción de un año y establece una indemnización del 7 % en caso de ruptura de este último.

También se han desarrollado los contratos formativos en lo que respecta a su retribución y duración para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios, y se regula el contrato fijo discontinuo en lo relativo a la duración del plazo de inactividad en los supuestos de contratas, subcontratas o con motivos de concesiones administrativas.

Las tres organizaciones afirman que este acuerdo es fruto de "un ejercicio de corresponsabilidad (...) desde la necesidad de compartir los costes de las dificultades que empresas y personas trabajadoras debemos afrontar".

Este preacuerdo, que también incluye la creación de una bolsa de empleo sectorial, la obligatoriedad de borrar sólo por transferencia bancaria y regula la jubilación forzosa, deberá ahora ser ratificado por cada una de las organizaciones firmantes, para luego ser desarrollado e implementado.

Será ahora sometido a los Órganos de Gobierno de dichas Organizaciones a los efectos de su ratificación, así como al posterior desarrollo e implementación. 

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