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el juez admite parcialmente un recurso del periodista pere valenciano

Un juzgado avala la elección de Costa en À Punt pero obliga a dar más información a otro aspirante

Foto: KIKE TABERNER
10/12/2021 - 

VALÈNCIA. El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Valencia ha avalado el proceso que finalizó con el nombramiento de Alfred Costa como director general de À Punt en marzo de 2020. Sin embargo, obliga al ente a facilitar toda la documentación solicitada por otro de los aspirantes al puesto, el periodista Pere Valenciano

El juez inadmite, por una parte, el recurso presentado por este último contra el Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC) por varios acuerdos: el de noviembre de 2019 por el que se aprobaron las bases y se convocó el concurso para la dirección de la radiotelevisión; el que dio publicidad a estas bases; y el de nombramiento de Costa.  

Pero, por otra, admite parcialmente el mismo recurso por no entregarle la información requerida a Valenciano. Así, anula la resolución de octubre de 2020 por la que se le denegó la documentación al no hallarla ajustada a derecho.

El periodista consideraba que el proceso de selección fue opaco, arbitrario y con una carencia total de motivación. Además, denunció que no todos los aspirantes tuvieron las mismas oportunidades al no haberse realizado un concurso público. El Consejo Rector alegó falta de legitimación activa, que el nombramiento de Costa no fue impugnado en tiempo y forma y que hubo una valoración motivada de los méritos de cada candidato a dirigir À Punt.  

El periodista Pere Valenciano. Foto: VP   

En la sentencia, el juzgado sí reconoce a Valenciano su legitimación para interponer el recurso al estar afectado por la decisión, aunque recuerda que no impugnó en los plazos establecidos las bases ni el nombramiento. Lo cual supuso, concluye la resolución, dejar consentido y firme el acto y que el recurso en los tribunales devenga inadmisible. 

El único que sí se recurrió en tiempo y forma, añade el juez, es aquel por el que se le denegó parte de la información solicitada, cuya utilidad era permitir al aspirante conocer y valorar la aplicación de los principios de mérito y capacidad en el proceso de selección. "Tras diversas vicisitudes", indica la sentencia, la Administracción accedió a facilitar parte. En su opinión, sin embargo, se trata de una "entrega incompleta" porque impide examinar las actuaciones y calificaciones del resto de candidatos para comprobar la rectitud del nombramiento de Costa. Por todo ello, le reconoce el derecho a acceder a la documentación exigida. 

El TSJCV anuló el de Empar Marco

El recurso de Valenciano fue el segundo presentado por el mismo motivo, ya que también acudió a los juzgados por la designación de la anterior directora, Empar Marco, la cual fue anulada tres años después por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). La sentencia concluyó que hubo incompatibilidades de los que fueran miembros del Consejo Rector y de la Comisión Evaluadora, falta de transparencia y escasa argumentación en las valoraciones de los aspirantes. 

En conversación con este periódico, el periodista explica que no recurrió en su momento el nombramiento de Alfred Costa porque todavía no había sentencia sobre el de Empar Marco, por lo que cuando llegó reactivó el asunto. En ese momento, indica, solicitó información que no le dieron y sin la cual, añade, no puede presentar una demanda con garantías. "Ahora vamos a estudiar todas las vías judiciales para seguir con el proceso porque creo que mis intereses están lesionados como candidato", señala. 

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