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sentencia

Banco Santander tendrá que devolver 400.000 euros por no informar del riesgo de sus Valores

17/05/2019 - 

VALÈNCIA. El Juzgado de Primera Instancia 10 de Valencia ha condenado Banco Santander a la devolución de 407.765 euros invertidos en Valores Santander, producto financiero de riesgo de diseño propio de esta entidad bancaria. La cliente demandante en este procedimiento realizó esta compra de Valores Santander en el año 2009, es decir, la clienta los adquirió en el mercado secundario y no en el momento de la emisión que fue en 2007, Valores también conocidos por el nombre de 'producto amarillo' o Bonos Convertibles. 

La cliente desconocía que se trataba de un producto financiero de alto riesgo en el que podía perder el capital en concreto que se trataba de producto financiero híbrido que resulta de una combinación de un bono/obligación con un producto futuro de carácter complejo, especulativo y de elevado riesgo. Los empleados le aseguraron que en todo caso que se trataba de una inversión garantizada por Banco Santander por ser propia del banco no informando detalladamente de los graves inconvenientes de la misma. 

El juzgado ha determinado finalmente que suscribió por error el producto financiero al no haber recibido la información completa y exacta que prescribe la ley sobre la naturaleza de los Valores Santander y sus altos riesgos. La cliente demandante, aunque también había realizado otras inversiones en la entidad, no era persona experta en productos financieros y solo contó para la compra de Valores Santander con las recomendaciones verbales de los empleados que incidían en las supuestas ventajas de un producto financiero en realidad calificado como complejo y de riesgo minimizando del todo sus inconvenientes. No le entregaron los folletos informativos pertinentes ni anexos específicos sobre riesgos de la inversión.

Se da la circunstancia de que el Banco también vendió el mismo producto a sus hijas y entre los tres casos ya ganados judicialmente la familia ha podido recuperar más de 600.000 euros, es decir más de 100 millones de las antiguas pesetas.La comercialización de los Valores Santander se enmarcó en una operación masiva de venta del producto  en el año 2007 que dirigía entonces Emilio Botín en la que Banco Santander fue capaz de colocar en apenas nueve días hábiles un total de 7.000 millones de euros entre 129.000 clientes de la entidad, que ocasionaron cuantiosas pérdidas a los mismos. 

En junio de 2014, la Audiencia Nacional acusó al Banco Santander de estafa nacional por estos hechos y en 2014 la CNMV impuso a la entidad dos sanciones graves por montante total de 16,9 millones de euros al no gestionar adecuadamente los conflictos de intereses entre su beneficio y el perjuicio a los clientes y por no atender al perfil de los clientes en esta comercialización de alto riesgo.

El objetivo de esta venta masiva de 2007 era captar el dinero necesario para abordar la compra del banco holandés ABN Amro. Por esta exigencia de captación de capital, la iniciativa de comercialización de estos Valores Santander partió siempre del propio Banco Santander y se realizó en tiempo récord. El criterio general de venta al seleccionar a los posibles compradores fue indiscriminado puesto que se realizó al máximo número de clientes de la entidad para satisfacer los objetivos de esta importante captación de dinero necesaria para realizar la operación de compra del banco holandés. El producto tenía además la característica específica de que necesariamente acabaría transformándose en acciones del propio Banco Santander en el año 2012.

El abogado Jaime Navarro, que ha llevado este caso, puso de manifiesto que en una comercialización financiera es insoslayable la entrega efectiva de toda la información disponible sobre la inversión, máxime en un caso de una cliente ajena al mundo financiero y un producto complejo. La sentencia del Juzgado de Instancia 10 de Valencia evidencia que la obligación de la información veraz y adecuada corresponde siempre a la entidad bancaria que debe manejarse con la máxima trasparencia y diligencia respecto a sus clientes, condenando en consecuencia a la devolución al cliente de los 407.765 euros invertidos en 2009, anulando asimismo la automática conversión de los Valores Santander en acciones de la entidad que se realizó en el año 2012.

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