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Templos, solares, garajes o viviendas: la Iglesia inmatriculó 912 inmuebles en la Comunitat

17/02/2021 - 

VALÈNCIA. La Iglesia Católica inscribió a su nombre en el Registro de la Propiedad un total de 912 inmuebles en la Comunitat Valenciana después de la reforma de la normativa hipotecaria impulsada desde el Gobierno de Aznar, entre 1998 y 2015. De todos los inmuebles, 726 fincas son templos y dependencias complementarias a estos, y los 186 restantes no están vinculados directamente al culto. En este último grupo se encuentran desde viviendas o garajes hasta solares y parcelas rústicas.

Son los datos recogidos en el listado de bienes inmuebles inmatriculados por la Iglesia Católica durante el mencionado período, que el Gobierno ha remitido al Congreso de los Diputados. Un paso que abre la puerta a que las administraciones o los particulares que cuestionen la propiedad por parte de la Iglesia de determinadas fincas o parcelas puedan iniciar las reclamaciones oportunas.

Del total que la Iglesia valenciana inscribió durante los 17 años que estuvo vigente la disposición normativa, 789 cuentan con la certificación eclesiástica. O lo que es lo mismo, los otros 123 son los únicos que cuentan con un título diferente al eclesiástico que acredite que estos bienes son propiedad de la Iglesia. Por provincias, 522 están registrados en Valencia, 178 en Alicante y 212 en Castellón.

Entre los bienes dedicados al culto, se encuentran templos y parroquias, pero también capillas, cementerios, ermitas, calvarios, o espacios similares. Por ejemplo, en València ciudad destacan edificaciones como la Catedral Basílica Metropolitana de Valencia, la Iglesia de Santa Catalina, San Juan del Hosptial o Santos Juanes. Pero también se hallan inmuebles dedicados a otros usos diferentes a los estrictamente religiosos: viviendas, garajes, parcelas industriales, solares, suelos rústicos, colegios o institutos.

Hasta 1998, en lo referente a la Iglesia, el Reglamento Hipotecario no permitía la inscripción de los "templos destinados al culto católico" aunque sí otro tipo de inmuebles. Esta excepción a los templos se eliminó ese año y fue sustituida por el permiso a no sólo inscribir estos edificios religiosos, sino también el resto de bienes inmuebles de dominio público. Además, todo ello se podía hacer con la simple certificación expedida por el diocesano correspondiente.

La Ley de Medidas Fiscales de 1997 aprobada el 30 de diciembre del año anterior modificó la legislación hipotecaria para que recogiera que "mediante certificación administrativa [...] podrán inscribirse la declaración de obra nueva, mejoras y división horizontal de fincas urbanas, y, siempre que no afecten a terceros, las operaciones de agrupación, división, agregación y segregación de fincas del Estado y de los demás entes públicos estatales certificantes”.

Esa circunstancia, unida a que mantuviese el privilegio de la inscripción mediante certificación diocesana, supuso una masiva inscripción en el Registro de la Propiedad de estos bienes a favor de la iglesia hasta 2015, cuando se puso fin a la posibilidad de que la Iglesia Católica inmatriculara bienes con este tipo de certificaciones.

35.000 inmuebles en toda España

En toda España, se han inmatriculado a favor de la Iglesia Católica entre 1998 y 2015 casi 35.000 bienes inmuebles -34.961 concretamente-, de los cuales la gran mayoría, 30.335, se registraron en virtud únicamente de la certificación eclesiástica. El valenciano no es de los territorios en los que más inmatriculaciones eclesiásticas hubo durante aquellas casi dos décadas, se sitúa en el décimo puesto.

En primer lugar se encuentra Castilla y León, con 10.243 inmuebles, seguida de Galicia (7.131), Cataluña (4.192), Andalucía (2.111), Cantabria (2.058) y Aragón (2.054). Por detrás se encuentran Castilla-La Mancha (1.756), Navarra (1.034) y Extremadura (982).

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