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Se trata de la exconcejala del pp de valència beatriz simón y del asesor luis salom

Dos implicados en el  Pitufeo quedan exonerados al 'perderse' un recurso de la Fiscalía del Supremo

Foto MARGA FERRER

La Fiscalía del Supremo indaga por qué no ha llegado el recurso en queja del auto de ambos que sí que se ha presentando en los de los otros investigados

2/03/2022 - 

VALÈNCIA. El caso del 'Pitufeo' ha acabado para la exconcejala del Partido Popular en el Ayuntamiento de València Beatriz Simón y para el asesor popular en el consistorio Luis Salom. Al menos, de momento. El Tribunal Supremo ha declarado firme el sobreseimiento provisional que dictó en diciembre la Audiencia Provincial de Valencia al no haber presentado en este caso la Fiscalía el recurso en queja que había anunciado y que era su respuesta a la denegación de permiso para que la Fiscalía Anticorrupción presentara un recurso de casación contra esa decisión. 

Fuentes jurídicas confirmaron a este periódico que la Fiscalía del Supremo esta indagando lo ocurrido con este recurso en queja (que hay que presentar de forma individualizada para cada auto) porque en los otros sí que se ha presentado y se está a la espera de la decisión del Supremo.

Una queja extraviada

La Fiscalía del Supremo anunció a finales de enero que había presentado un recurso en queja al habérsele negado por la Audiencia Provincial a la Fiscalía Anticorrupción la posibilidad de presentar un recurso de casación a la decisión de la Audiencia. El argumento de la Sala Cuarta de la audiencia era que el sobreseimiento es provisional y no libre y por tanto no cabía casación. Fuentes de Anticorrupción explicaron que según su interpretación es en realidad un sobreseimiento libre por lo que sí que cabría recurso y que sus compañeros del Supremo compartían sus argumentos por lo que había presentado ese recurso en queja. En el caso de ser estimatorio, permitiría presentar el recurso de casación contra el fondo de la cuestión.

Foto VP

El decreto de la Sala Segunda del Supremo del caso de Simón y Salom recoge que el límite se había establecido para esa esa queja finalizaba el pasado 26 de enero. "Transcurrido el término del emplazamiento sin haberse personado el recurrente en queja, procede declarar desierto el recurso y, en su virtud, firme y consentido el auto denegatorio", concluye la Sala, en un decreto al que ha tenido acceso este periódico.

Muy pocos 'pitufos'

A finales del pasado mes de diciembre, la Sala Cuarta de la Audiencia Provincial archivó provisionalmente el caso para casi todos los cincuenta investigados, incluido el propio grupo municipal popular. Durante más de seis años se había investigado si en el marco de las elecciones de 2019 desde el grupo se exigió a la exalcaldesa Rita Barberá, a sus concejales y los asesores una aportación de mil euros que les sería devuelta en mano en dos billetes de 500 euros.

El argumento para el sobresimiento de la Audiencia, contrario al del Instructor y que contó con un voto particular, era que no había indicios de que los implicados supieran que con ese "operativo se ayudaba y colaboraba en el blanqueo de capitales con la actividad delictiva previa origen del dinero". Esa interpretación hizo que se aceptara el procesamiento del ex vicealcalde Alfonso Grau, de la exsecretaria del grupo, Mari Carmen Fuster, y del expresidente de la Fundación Valenciana de la Innovación y el Conocimiento (FIVEC) y ex delegado del Centro de Estrategias y Desarrollo (CEyD), Juan Eduardo Santón. Ellos sí que tendrán que sentarse en el banquillo de los acusados por la financiación de la campaña de 2015, a la espera de lo que pase con las de 2007 y 2011.

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