VALENCIA. El sindicato CSI-F informa de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) de la Comunidad Valenciana ha admitido a trámite la demanda de impugnación que presentó por el despido colectivo en la empresa Diseños Artísticos e Industriales S.L. (Daisa), del Grupo Lladró. El sindicato pide la nulidad del expediente de regulación de empleo que se ha aplicado y que ha provocado el despido de 33 trabajadores.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F) señala que la Sala de lo Social, en su escrito, “acuerda admitir a trámite” la demanda presentada por CSI-F “con el carácter de urgente”, y señala el 24 de mayo como fecha para que tenga lugar el juicio. El tribunal requiere a la empresa demandada a que “aporte la totalidad de documentación y las actas del periodo de consultas del despido colectivo”. También le pide la información sobre un ERTE anterior.
CSI-F enumeraba, en la demanda interpuesta la pasada semana, la falta de negociación, de entrega de documentación, el abuso de derecho o la desigualdad de trato entre los motivos para solicitar la nulidad del ERE. El sindicato explicaba que la empresa había dejado “sin efecto de manera unilateral” un ERTE que se estaba aplicando y que no concluía hasta diciembre, a pesar del compromiso de negociar cualquier cambio.
El sindicato lamentaba en la demanda que “la actuación empresarial constituye un grave incumplimiento de la obligación de negociar de buena fe”. Además, indicaba que en las reuniones para aplicar el expediente de regulación de empleo “no se trató la posibilidad de evitar o reducir los despidos colectivos. En realidad, hasta la sexta reunión no se trató nada relevante”.
CSI-F aludía igualmente a los criterios “absolutamente vagos, genéricos, imprecisos y de imposible control posterior” para establecer la designación de los trabajadores afectados por despido. Del mismo modo recalcaba “la falta de entrega de la documentación preceptiva” del citado despido colectivo. La central sindical pedía al TSJ que estime la demanda y que declare la nulidad del citado expediente de regulación de empleo y la subsidiaria declaración de no ser ajustado a derecho.