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distintivo otorgado por la Generalitat Valenciana

Agost, declarado municipio turístico de singularidad

17/08/2024 - 

BUSOT. La Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo ha concedido al Ayuntamiento de Agost la condición de municipio turístico de singularidad de la Comunidad Valenciana. Así se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) el viernes 16 de agosto. Un distintivo que el Gobierno valenciano se ha dado prisa en otorgar, pues el Ayuntamiento presentó la solicitud el pasado 7 de junio ante la Dirección General de Turismo, órgano que propuso resolver favorablemente la concesión de la mencionada distinción.

La condición de municipio turístico de singularidad se otorga, según la web de la administración autonómica, a aquellos municipios que promueven la calidad en la prestación de los servicios municipales a la población turística. De esta manera, la localidad contribuye a un turismo sostenible a inclusivo, con fundamento en el principio de hospitalidad y en los compromisos que derivan del código ético del turismo valenciano.

Así, Agost se suma a una serie de municipios que ya cuentan con esta distinción en la provincia de Alicante, como San Fulgencio, Villena o Pilar de la Horadada. El de municipio turístico de singularidad es una de las tres categorías que se pueden solicitar, siendo las otras dos municipio turístico de excelencia y municipio turístico de relevancia.

Requisitos para obtener la distinción

Para ser un municipio turístico de singularidad, la Generalitat Valenciana requiere que la localidad acredite que en un año recibe, al menos, una población turística de 10.000 personas, pero los criterios que relacionan turistas y residentes son menos exigentes, sólo se exige cumplir la mitad. Al superar Agost los 5.000 habitantes (5.067 en 2023, según la Diputación de Alicante), debe tener como mínimo 375 plazas de alojamiento y, de ellas, al menos 125 deben ser plazas regladas y el resto plazas en viviendas secundarias.

Además de estos dos criterios, de obligado cumplimiento, -población turística y plazas de alojamiento-, el municipio interesado debe acreditar, de manera alternativa, o bien que tiene en su término un recurso turístico de primer orden, o bien que el turismo es la base de su economía.

Entre las obligaciones que se deben cumplir destacan ofrecer información turística veraz, habilitar puntos de información en el marco de la Red Tourist Info y portales web, disponer de identificación y señalización adecuada de sus recursos turísticos de primer orden, contar con un plan de medidas para la sostenibilidad y la calidad del turismo, así como la cualificación del personal vinculado al sector o habilitar sistemas telemáticos que permitan también la participación de la ciudadanía.

Por su parte, los beneficios de ser reconocido como municipio turístico de singularidad permite vías de financiación específicas para compensar el esfuerzo financiero motivado por la actividad turística, tanto en servicios como en infraestructuras; financiación específica mediante convenios concretos y asignaciones del Fondo de Cooperación Municipal Incondicionado de la Comunitat Valenciana.

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