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La defensa de Benavent cuestiona el "cóctel delictivo" que se le atribuye a su cliente

Foto: ROBER SOLSONA/EP
8/06/2022 - 

VALÈNCIA (EFE). La defensa del autodenominado "yonqui del dinero", Marcos Benavent, ha cuestionado el "cóctel" y la conexión de delitos que el fiscal atribuye a su cliente y ha insistido en dudar tanto la validez como prueba de los audios que su defendido grabó durante años como las escuchas y registros practicados.

En la segunda jornada de presentación de informes finales en el juicio del caso Imelsa, el abogado Juan Carlos Navarro ha lamentado la "pasividad procesal de la anterior dirección letrada, que ni siquiera presentó escrito de defensa" y que han "limitado" sus armas de defensa.

"No comparto ese cóctel del fiscal de todos los delitos por los que acusa en continuidad delictiva o concurso medial, porque no nos interesa ese beneficio que se le concede al penado por ese concurso. De sobra es conocido que Benavent se enfrenta a otros juicios y no obtendría los mismos beneficios en caso de una condena agravada. Hemos de hacer labor de prevención", ha admitido.

En relación a las grabaciones, en primer lugar ha advertido de que se realizaron entre 2004 y 2006, cuando no era ni gerente de Imelsa, que "no tienen nada que ver con esta causa" y ha considerado que se ha tratado de dar consistencia y validez a las mismas a través de declaraciones posteriores ante la Guardia Civil.

"Estamos ante una investigación prospectiva, en la que se le pone a Benavent la etiqueta de 'recaudador' y en la que se confunde empresa pública con administración pública", ha advertido este abogado.

Asimismo, ha denunciado al "intimidación ambiental" de la que, a su juicio, fue víctima Benavent a la hora de declarar ante la Guardia Civil y ha considerado que los agentes trataron de "sanear" la ilegitimidad de esa prueba (las grabaciones) con sus preguntas, es decir, que trataron de "convalidar" el contenido de las grabaciones mediante otras fórmulas.

En referencia a las grabaciones, Navarro ha advertido de que "hay dos 'pendrives'" y que "las grabaciones no son idénticas", sino que lo que es idéntico en el sumario "es lo que se ha seleccionado", por lo que ha considerado que debería haberse producido una instrucción suplementaria para comprobar que las grabaciones que constan en el sumario se corresponden con la fuente original, que es el ordenador que Benavent dejó en casa de su exsuegro.

Navarro se ha referido, además, al registro practicado al despacho del antiguo letrado de Benavent, Ramiro Blasco, donde se obtuvieron documentos que han dado pie al procesamiento del exministro y expresident de la Generalitat Eduardo Zaplana en el caso Erial.

Este letrado ha reclamado la nulidad de la intervención del teléfono de Benavent en mayo de 2015, que dio pie al citado registro y el de otros dos inmuebles. "Pedimos el pasado mes de octubre copia de las escuchas y todavía no se nos ha dado traslado de la totalidad. Nos faltan por recibir evidencias de la investigación", ha lamentado.

Para el abogado de Benavent, en la causa matriz existe una clara injerencia en el derecho a la intimidad y entorno virtual -en el acceso a las grabaciones que Benavent conservaba en su ordenador- que, en su opinión, el fiscal no ha podido justificar mediante resoluciones judiciales, por lo que esas pruebas no se pueden tener en cuenta en las piezas accesorias.

También ha reclamado la exclusión de la prueba obtenida en los referidos registros, lo cual tendría implicaciones determinantes en la causa de Zaplana.

Por otra parte, ha insistido en diferenciar los supuestos hechos delictivos relacionados con el pago, por parte de Imelsa, de gastos electorales del PP de las campañas de 2007 y 2008 de los contratos realizados a través de Thematica con Imelsa. "Hay un salto en el tiempo, y si conseguimos la absolución en uno de ellos tiene que haber una compensación en el efecto punitivo".

Esta posición le ha servido a este letrado para argumentar que la supuesta inconexión de los delitos que se atribuyen a Benavent acortaría, en consecuencia, el plazo de prescripción de 15 a 10 años (puesto que la prevaricación ya no sería continuada).

Si el fraude se aprecia en conjunto "la condena es mayor, por eso creemos que tenemos que diferenciar los comportamientos, por ser más beneficioso para esta defensa", ha afirmado Navarro.

Respecto a la cuasi prescripción de los delitos que alega como atenuante, este letrado ha admitido que esta posibilidad nació en una sentencia del Supremo de septiembre de 2006 porque la víctima de un delito de agresión sexual dejó pasar nueve años hasta que denunció los hechos, pero "desde entonces ha llovido mucho y la doctrina se ha extendido".

"Entendemos que se ha mermado el derecho de defensa, porque no hay facturas ni documentos que podamos presentar, algunos empresarios han dicho que las destruyen pasados cinco años. A Benavent se le juzga por la gestión de poco más de 200.000 euros, cuando tuvo en sus manos la gestión de unos 70 millones", ha alegado.

Sobre el pago de actos electorales en Moncada por parte de Imelsa, este letrado ha argumentado "orfandad de la prueba" porque "se encontraron presupuestos, no facturas -relacionadas con actos electorales-, y se supuso que una factura -sin concepto claro, según este letrado-, cuyo importe no coincide, sirvió para abonar ese gasto del PP".

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