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El juzgado archiva la querella del PP contra el diputado Xavier Rius por prevaricación

15/03/2019 - 

VALÈNCIA. (EFE). El Juzgado de Instrucción número 1 de Valencia ha dictado un auto de sobreseimiento provisional respecto a la querella contra el diputado provincial de Compromís Xavier Rius que interpuso la portavoz del PP en esta corporación, Mari Carmen Contelles, por prevaricación.

El citado auto, al que ha tenido acceso EFE, se dicta dos días después de escuchar la declaración de los investigados -el diputado y dos impresores que habían sido adjudicatarios de un contrato- y en él el magistrado indica que "no se aprecian indicios de los delitos objeto de la querella".

"Un breve resumen de la querella, su valoración, unido al resultado de las declaraciones de los investigados llevó a esta conclusión", expone el juez.

El diputado negó conocer a los impresores que fueron adjudicatarios de varias publicaciones del área de Cultura de la Diputación, así como haber incurrido en ningún delito de fraccionamiento de contratos, ya que desconocía que la misma empresa había obtenido varios encargos.

El juez considera que Rius no ha tomado ninguna decisión administrativa concreta por la que haya podido incurrir en un delito de prevaricación, ni tampoco hay indicios de malversación o tráfico de influencias.

La querella presentada por Contelles fue admitida a trámite el pasado 26 de septiembre, y se dirigía también contra dos trabajadores autónomos, administradores de una empresa supuestamente contratada de forma irregular por Rius.

Estas dos personas, según detalló el PP, son el hermano y la cuñada del portavoz de Compromís en el ayuntamiento de Paterna y asesor de Xavier Rius en la Corporación provincial.

Según el PP, en los dos últimos años el MuVIM ha facturado más de 108.000 euros a través de contratos menores entre encargos a la empresa Somnis -gestionada por los dos procesados-, y contrataciones directas a los administradores la citada firma. 

El auto de sobreseimiento provisional puede ser recurrido ante el mismo juzgado en un plazo de tres días. 

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