VALÈNCIA. El magistrado instructor de la trama de las basuras ha autorizado suspender de empleo a José Luis V., el funcionario imputado, tal y como solicitó la Entidad Metropolitana de Tratamiento de Residuos (Emtre) y apoyó la fiscal Anticorrupción ante lo que el juzgado cree que sería un riesgo evidente de la posibilidad de destrucción o manipulación de pruebas.
En esta causa, la Fiscalía Anticorrupción de València investiga una trama de corrupción en la Emtre vinculada a dos empresas, Servicios Medioambientales valencia (SMV) y la UTE Los Hornillos, esta última empresa proveedora de Emtre. Al igual que ocurriera con el caso Emarsa, los desperdicios, en este caso los dependientes de los ecoparques, vuelven a ser una vía para que, presuntamente, unos pocos se hagan ricos a costa de los impuestos de los ciudadanos del área metropolitana de Valencia. Entre los investigados, se encuentra un funcionario público que presuntamente se lucró del negocio ilícito.
Según recoge el auto emitido desde el Juzgado de Instrucción número 3 de València, el magistrado tiene la potestad de acordar "las medidas restrictivas de derechos en los casos que proceda", y según el juez, la suspensión de empleo es una medida restrictiva de derechos. Y añade que hasta ahora, los perjuicios que se pretendían evitar estaban amparados por la suspensión administrativa, pero que "los límites temporales que la misma tiene" hacen que se deba adoptar como medida cautelar.
Le explica a la defensa, que el tiempo transcurrido en la investigación por parte de la Fiscalía, y desde la incoación del procedimiento, "no puede considerarse más que una garantía de los derechos del investigado", que además se encuentra amparado por el Real Decreto por el que se declara el estado de alarma "para la gestión de la situación de crisis".
Por otro lado, el juez también da la razón a la Emtre en su alerta sobre el peligro que supondría que el investigado volviera a su puesto, y tuviera acceso a los documentos que se guardan en las instalaciones de la Emtre. Dice el auto que, "se está a la espera de los resultados de los informes que debe emitir la policía científica, y la no adopción de la medida, podría suponer el acceso a documentos, cuyo contenido y trascendencia se desconoce, pero cuya utilidad para el buen fin de la investigación, puede ser consecuencia de los informes que se está a la espera de recibir".
Respecto de la denuncia de la Emtre de que el investigado está obstaculizando los servicios contratados por la Emtre, el juez le da la razón a la defensa del funcionario y explica que "no guarda ninguna relación con el objeto de la investigación", y que son conductas que "van más allá del derecho penal y del principio de legalidad, por tanto no son estas cuestiones objeto de valoración en el momento de adoptar la medida solicitada".
Pero apostilla que, sin embargo, "sí existe un peligro real e inminente de que tanto con las posibilidades de acceso a las pruebas, que su mantenimiento en la función pública y presencia autorizada en el puesto de trabajo, puede suponer para la práctica de cualquier otra diligencia que se entienda necesaria".
Así, el juez asume el argumento de la letrada de la Emtre que decía: "No cabe excluir la posibilidad de que, a partir y como consecuencia de dicho análisis (policial), fuera necesaria la obtención de otros medios de prueba que sí pudieran ser objeto de manipulación o desaparición previa por parte del funcionario investigado, por cuanto resulta ser el único que ostenta el conocimiento de dichas pruebas y la consiguiente capacidad para manipularlas o hacerlas desaparecer".