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El Tribunal Supremo analiza si la evaluación ambiental de la ZAL fue suficiente

29/11/2022 - 

VALÈNCIA (EFE). La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación planteado por la Generalitat y por Valencia Plataforma Intermodal y Logística (VPI) contra la sentencia del TSJCV que anuló la ZAL porque no fue sometida a una evaluación ambiental estratégica ordinaria, sino simplificada.

Según consta en un auto de la citada sala del pasado 23 de noviembre, al que ha tenido acceso EFE y que ha adelantado Las Provincias, el Supremo observa interés casacional en determinar la eventual incidencia que pueda tener la situación en que se encuentre el suelo (suelo urbanizado) afectado por un instrumento de planeamiento urbanístico cuando no coincide, como consecuencia de la anulación jurisdiccional de previos instrumentos, con la clasificación vigente del mismo (suelo no urbanizable), todo ello a la hora de exigir una u otra modalidad de evaluación ambiental.

Según ha explicado a EFE la gerente de Valencia Plataforma Intermodal y Logística, Fátima Zayed, es una "buena noticia" para los intereses del Puerto de Valencia que el Supremo se plantee que la situación de la ZAL tiene interés casacional.

"Se trata de un suelo que lleva urbanizado desde 2005 y que fue sometido a un nuevo planeamiento urbanístico en 2018. La evaluación ambiental simplificada que se desarrolló tuvo un trámite de cuatro años. El Supremo ha de determinar ahora si ese tipo de evaluación ambiental fue válida, dado que partíamos de un suelo urbanizado", explica Zayed.

El pasado mes de julio una sentencia del TSJCV anuló el plan especial iniciado en 2018 precisamente por considerar que la ZAL tendría que haber sido sometido a una evaluación ambiental estratégica ordinaria, y no simplificada, como hizo la Administración autonómica.

"Esta sentencia, sin embargo, todavía no es firme", explica Zayed a EFE, "dado que se encuentra recurrida en el Supremo", por lo que entiende que el plan especial de 2018 sigue teniendo validez.

"El Supremo tiene en cuenta el hecho de que el suelo de la ZAL ya estuviese totalmente urbanizado, y de hecho el pasado mes de julio el Ayuntamiento de València recepcionó las obras, lo que es una admisión directa del hecho de que se encuentra plenamente urbanizado", añade la gerente de VPI. 

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