VALÈNCIA/ORIHUELA. El Tribunal Superior de la Comunitat Valenciana ha inadmitido el recurso presentado contra el alcalde de Orihuela, Emilio Bascuñana, contra la resolución del pasado 2 de marzo de 2021 del director de la Agencia Antifraude de la Comunitat Valenciana, que daba traslado a las partes y al ministerio fiscal. El TSJ rechaza la petición del alcalde de Orihuela, que está siendo investigando por su labor en su etapa como asesor de la Conselleria de Sanidad, entre 207 y 2013, por realizar en la vía contencioso-administración, cuando en realidad lo que hay abierto es un procedimiento penal y que dicho informe se realizó a petición de un juzgado de instrucción, en este caso, el número 1 de Orihuela, que es quien está investigando al primer edil oriolano.
"Procede por ello declarar la incompetencia de la jurisdicción contenciosoadministrativa para conocer del citado recurso por cuanto que la Resolución dictada se emite, como ha quedado expuesto, en el seno de un procedimiento penal como consecuencia de la solicitud emitida por un Juzgado de instrucción y actuación a la que no podemos atribuir, por ello, naturaleza administrativa. Es más, la resolución dictada, en caso de atribuirle naturaleza administrativa, tampoco sería impugnable en esta sede por cuanto que la misma en ningún caso puede considerarse como un acto definitivo o de trámite esencial y sin que por ello, atendiendo a las anteriores consideraciones, el recurso pueda ser admitido a trámite", indica el TSJ en su resolución del 2 de junio.