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Ampliado el plazo para que las CCAA justifiquen el gasto en políticas activas subvencionado en 2019

17/04/2020 - 

VALÈNCIA (EP). El Gobierno ha ampliado de manera extraordinaria, por la situación de emergencia sanitaria, el plazo para que las comunidades autónomas justifiquen los gastos de los fondos que les concedieron el Estado y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el ejercicio 2019 para políticas activas de empleo, incluyendo el plan de choque por el Empleo Joven, el Plan Reincorpora-T y las ayudas destinadas a mantener los Centros Especiales de Empleo.

Así figura en una resolución del Ministerio de Trabajo y Economía Social, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en vigor desde mañana, en el que se explica que el plazo para justificar estos gastos, que finalizaba el 31 de marzo de este año, "resulta insuficiente para la adecuada justificación" de los fondos distribuidos por el SEPE, máxime cuando esta justificación es un requisito necesario para poder proceder al libramiento de los fondos correspondientes a 2020.

Por este motivo, el Gobierno amplía de forma extraordinaria por un tiempo equivalente al del periodo de vigencia del estado de alarma más un periodo adicional de un mes, el plazo de justificación de los fondos librados por el SEPE a las comunidades autónomas en el ejercicio económico 2019 para la gestión de subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos de dicho organismo.

El Ministerio explica en su resolución que el plazo establecido inicialmente para que las comunidades autónomas remitieran la información relativa a la totalidad de los compromisos de créditos, de las obligaciones reconocidas y de los pagos realizados, relativos a las subvenciones financiadas con cargo a los Presupuestos del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y del SEPE de 2019, habría vencido durante la vigencia del estado de alarma.

Este plazo (hasta el 31 de marzo de este año) ha de considerarse suspendido, prosigue el Ministerio, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto de 17 de marzo.

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