VALÈNCIA (EP). Los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana recibirán este ejercicio 14,7 millones de euros para el desarrollo de bolsas de cuidados profesionales para menores de 14 años en dependencias públicas convenientemente habilitadas con el objetivo de fomentar la conciliación familiar.
El Pleno del Consell ha aprobado este viernes el decreto por el que se regula la concesión directa de estas subvenciones a ayuntamientos, que se enmarcan en el Plan Corresponsables de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género del Ministerio de Igualdad.
El Plan Corresponsables nace como consecuencia de la situación de emergencia derivada de la pandemia de la covid-19, que hace necesario que los poderes públicos adopten urgentemente políticas activas que apoyen, incentiven, promocionen y amparen una efectiva igualdad entre hombres y mujeres, incentivando políticas de apoyo, especialmente dirigidas a las mujeres, para volver al mercado laboral.
Así, el objetivo de este plan es favorecer la conciliación de las familias con niñas, niños y jóvenes menores de 14 años, a la vez que crear empleo de calidad en el sector de los cuidados.
En este sentido, el decreto desarrolla las normas reguladoras para la concesión directa de subvenciones a las entidades locales, con el objetivo de que habilitar servicios de cuidado profesional de calidad, de niños, niñas y adolescentes menores de 14 años.
La puesta en marcha de estos servicios deberá ir aparejada a la contratación de personas jóvenes y mujeres mayores de 45 años, que son los colectivos más afectados en términos de desempleo por la crisis económica y sanitaria.
Así, se financiará con 14,7 millones de euros, a cargo de los fondos que aporta el Ministerio para este ejercicio, a ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que tengan empadronados en el municipio a personas menores de edad de entre 0 y 14 años, y que deseen poner en marcha este tipo de acciones para la conciliacion.
Aquellas entidades beneficiadas deberán poner en marcha, hasta el 31 de agosto de 2022, servicios de cuidado profesional de calidad que puedan prestarse en dependencias públicas, como escuelas, centros municipales o polideportivos, entre otros.
Estos servicios se podrán prestar en periodos no lectivos, mediante proyectos de ocio educativo, como escuelas de verano, de invierno y similares o mediante servicios de canguro prestados en una instalación adecuada al objeto del servicio. También se podrán prestar en días lectivos, a través de la ampliación de horarios matinal y vespertino en los centros escolares y otras instalaciones municipales.
En ambos casos se fomentará la cultura, la coeducación, la participación, la educación ambiental, y la educación emocional y la interculturalidad.
Las entidades beneficiarias deberán establecer sistemas de adjudicación que otorguen carácter prioritario a la atención de familias monoparentales, víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia contra las mujeres, mujeres en situación de desempleo de larga duración, mujeres mayores de 45 años o a unidades familiares en la que existan otras responsabilidades relacionadas con los cuidados.
Asimismo, en los procesos de valoración de acceso a los programas deberá considerarse como criterios de valoración el nivel de renta y las cargas familiares de las personas que soliciten la participación en los mismos.