VALÈNCIA. El tripartito que gobierna la Comunitat Valenciana no quiere que el PPCV, con Eva Ortiz a la cabeza, acceda a los expedientes relacionados con Francis Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig. Francis Puig, además de tener varios expedientes abiertos en diversas consellerias, está imputado por fraude de subvenciones del valenciano en un juzgado en València. Los populares no hacen más que pedir expedientes y ante las negativas acuden a los tribunales. De hecho, la única fórmula que han encontrado hasta ahora para acceder a la información es a través de sentencias judiciales.
Así, recientemente el Tribubal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) emitió una sentencia favorable a la diputada popular, pues la Agencia Antifraude había vulnerado el derecho de Ortiz a acceder a los expedientes de dos empresas de los hermanos Adell Bover, los presuntos socios en la sombra de Francis Puig en el tema de las subvenciones, para poder ejercer su derecho como diputada de fiscalización.
Pues en la misma semana que el TSJ era más que claro en su fallo, desde la Conselleria de Economía se le ha vuelto a denegar el acceso a un expediente, en esta ocasión relacionado directamente con el hermano del presidente. Eva Ortiz había solicitado toda la información existente sobre el expediente sancionador abierto por Economía a las empresas que presuntamente habían pactado precios para adjudicarse un concurso de À Punt y que fueron descubiertos por la mesa de contratación de la empresa pública.
Para negar la entrega de la documentación, la conselleria alegó que el expediente en curso no se puede entregar para "no poner en riesgo las defensas de las partes". Argumento muy similar al empleado por Antifraude, y que el TSJ tumbó sin contemplaciones.
Ante la nueva negativa, los populares han vuelto a la vía judicial. En su escrito al TSJ, al que ha tenido acceso Valencia Plaza, desde el PPCV vuelven a utilizar el cauce de la vulneración de derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española. Una fórmula jurídica que hasta ahora les ha funcionado. Dice el letrado que "se pretende la tutela judicial del derecho a la participación en los asuntos públicos reconocido en el artículo 23 de la Constitución", misma argumentación utilizada en la anterior petición al tribunal valenciano.
En el recurso, también exponen que el artículo 12 del Reglamento de Les Corts "reconoce los derechos que quedan integrados en el ejercicio de la función de diputado", otro de los puntos que señala como fundamental la anterior sentencia del TSJ.
Dicho artículo, en su epígrafe cuarto, dice que la facultad de la Administración o de las instituciones, organismos y entidades de la Generalitat no alcanza para denegar el acceso a la documentación solicitada por el diputado; si bien, en el caso en que considere que tal acceso puede comprometer el contenido esencial de derechos fundamentales o libertades públicas de terceros, debe solicitar a la Mesa de Les Corts que declare el carácter no público de las actuaciones, a los efectos de que el diputado pueda tener acceso pero sin obtener copias ni actuar asistido por sus asesores.
Para el abogado, "resulta evidente, pues, que el Reglamento ha dispuesto de un derecho de acceso lo más amplio posible a los diputados con respecto a todos los datos, informes y documentos de la Generalitat, de tal modo que en ningún caso puede ser denegado pura y simplemente, sino únicamente limitado a no obtener copias en concretas situaciones". Por ello, cree que se han vuelto a vulnerar sus derechos fundamentales y suplican a la sala "que se reclame el expediente administrativo correspondiente".