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piden al gobierno central y a la generalitat recursos materiales y humanos

El TSJCV urge a dotar de medios los 3 juzgados especializados en cláusulas suelo

31/05/2017 - 

VALÈNCIA (EP). El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha pedido al Ministerio de Justicia y a la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas que doten "de manera urgente" de medios materiales y humanos a los tres juzgados de la autonomía que, a partir de este jueves conocerán, de manera exclusiva y no excluyente, de los litigios relacionados con las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.

Se trata de los llamados juzgados para las cláusulas suelo (Primera Instancia 5 de Alicante, Primera Instancia 6 de Castellón, Primera Instancia 25 de Valencia) que, además, resolverán asuntos relacionados con vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa, según ha informado el TSJCV en un comunicado.

La Sala de Gobierno del alto tribunal, reunida este miércoles en pleno, ha expresado su "inquietud" porque el 1 de junio "deben entrar en funcionamiento los juzgados provinciales para el conocimiento de demandas sobre condiciones generales de la contratación creados por el CGPJ, en cada una de las tres capitales de provincia, sin que hasta la fecha nada se haya comunicado oficialmente sobre su efectiva entrada en funcionamiento ni sobre los medios personales y materiales que deben ponerse a su disposición".

Entre ellos, cita a los letrados de la administración de justicia, funcionarios, dependencias, instalaciones, ordenadores, cuenta de consignaciones o elementos informáticos, que expresamente aparecen señalados por el CGPJ en su acuerdo de fecha 25 de mayo de 2017.

Preocupación de los jueces afectados

Asimismo, la sala comparte la "preocupación y desconcierto" de los jueces afectados, que se acrecienta si se tiene en cuenta la imposibilidad de repartir y tramitar este jueves las demandas que se presenten en las capitales de provincia dirigidas a dichos juzgados.

Por ello, la sala de gobierno en pleno considera "necesario y urgente" instar al Ministerio de Justicia y a la Conselleria "para que se dote a dichos órganos judiciales de los medios necesarios indicados en el referido acuerdo del CGPJ, y que se valore también la situación del Juzgado de Castellón al que, en principio, no se le proporciona medio adicional alguno" con el fin de "hacer efectiva la tutela judicial efectiva y evitar dilaciones en perjuicio de los ciudadanos".

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial aprobó la pasada semana, por 6 votos a 2, la especialización de un total de 54 juzgados de Primera Instancia -uno por provincia en la península y uno en cada una de las principales islas de los archipiélagos canario y balear-, que a partir del próximo 1 de junio conocerán, de manera exclusiva y no excluyente, de los litigios relacionados con las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.

La fecha de entrada en vigor de la especialización coincide con la conclusión de los cuatro meses que suman los plazos establecidos en el Real Decreto-ley 1/2017, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, para que las entidades de crédito adoptaran las medidas necesarias para dar cumplimiento a sus previsiones y para que el consumidor y la entidad llegaran a un acuerdo o se tuviera por concluido el procedimiento extrajudicial.

El plan contempla distintas medidas de refuerzo para los juzgados especializados, en función de la entrada de asuntos de la clase objeto de especialización y teniendo en cuenta que estos órganos judiciales "continuarán conociendo de todos los procedimientos actualmente pendientes ante los mismos hasta su conclusión".

Pilar de la Oliva

En aquellos territorios con menor entrada de asuntos, será el titular del juzgado el que asuma el conocimiento de la materia, adoptándose las medidas de compensación y refuerzo que resulten necesarias, como la exención parcial de reparto de determinada clase de asuntos, la liberación de sustituciones no voluntarias y el apoyo de los letrados de la Administración de Justicia y funcionarios que sean precisos.

Si el ingreso de asuntos es superior, el órgano judicial podrá contar con un "juzgado bis" servido por uno o más jueces de refuerzo, así como con los letrados de la Administración de Justicia y funcionarios que se necesiten, lo que se determinará en las evaluaciones mensuales que se irán realizando.

Jueces de refuerzo

En un primer momento, serán los 65 jueces en prácticas de la 67 promoción de la Escuela Judicial, que han recibido formación específica sobre la materia para reforzar sus conocimientos y garantizar menores tiempos de respuesta, quienes realicen preferentemente estas funciones de refuerzo en los órganos especializados.

La distribución de jueces en prácticas por Comunidades Autónomas es la siguiente: once en Andalucía, dos en Asturias, uno en Baleares, uno en Canarias, uno en Cantabria, cinco en Castilla y León, cuatro en Castilla-La Mancha, seis en Cataluña, nueve en la Comunitat Valenciana, dos en Extremadura, cinco en Galicia, ocho en Madrid, uno en Murcia, cuatro en Navarra y cinco en el País Vasco.

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