VALÈNCIA (EP). La Conselleria de Hacienda ha habilitado la tramitación electrónica del alta, modificación y baja de datos bancarios para reducir el uso de papel y agilizar procesos, según han informado fuentes de la Generalitat.
Con este fin, la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (DGTIC) ha puesto a disposición un nuevo trámite telemático para realizar el alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat.
El conseller de Hacienda y Modelo Económico, Arcadi España, ha destacado que "nuestro objetivo es facilitar el día a día de la ciudadanía y de todas aquellas entidades o terceros que se relacionan económicamente con la Administración valenciana, para recibir los pagos de la Generalitat".
"Con esta medida -ha continuado Arcadi España- los datos bancarios que se introduzcan pasan a ser responsabilidad de quien los introduce, por lo que ya no será necesario solicitar al banco el certificado de titularidad bancaria, reduciendo los desplazamientos, simplificando el trámite y eliminando las solicitudes en papel que debía autorizar posteriormente la Intervención General de la Generalitat".
Por su parte, el director general de TIC, José Manuel García Duarte, ha resaltado que "la relación con terceros se simplifica enormemente porque solo basta con contar con certificado digital para realizar el trámite telemático, de modo que cualquier persona o empresa puede hacerlo desde su casa u oficina, ya sea para recibir una ayuda o una beca, y solo una vez, porque esos datos servirán para toda la relación con la Administración valenciana y se podrán consultar en la capeta ciudadana".
Los datos bancarios que se den de alta a través de este nuevo trámite, disponible en la sede electrónica de la Generalitat, tan sólo podrán referirse a cuentas bancarias cuyo código IBAN se identifique con España como país de origen. En caso contrario, el trámite deberá realizarse de la manera tradicional, de forma no automatizada.
Asimismo, existen determinados colectivos para los que el uso del trámite electrónico será obligatorio, como son las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, los profesionales colegiados, los representantes de personas o entidades obligadas y el personal al servicio de las entidades integradas en el sistema contable de la Generalitat.
El resto podrá elegir en todo momento la vía de comunicación, automatizada o no automatizada, para comunicar el alta, modificación y baja de sus datos. El medio elegido podrá ser modificado por la persona interesada en cualquier momento y podrá ser realizada por un funcionario o funcionaria habilitado siempre que la persona interesada se identifique y preste su consentimiento expreso para esta actuación.