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las ayudas pueden alcanzar el 50% del importe del alquiler

Nous Espais de Torrent ayuda a tramitar las Ayudas al Alquiler 2024 de la Generalitat Valenciana

Torrent, Horta Sud
12/09/2024 - 

VALÈNCIA (VP). La Vicepresidencia de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda que dirige Susana Camarero ha convocado las Ayudas al Alquiler 2024. Estas ayudas van destinadas a personas físicas con escasos medios económicos, y subvencionan los gastos de alquiler o cesión de la vivienda o habitación desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.

Como en las anteriores ediciones, desde Nous Espais de Torrent, como oficina integrada en la Red de Administraciones Locales y Comarcales de Vivienda Comunitat Valenciana (Red Xaloc), se ofrecerá asesoramiento gratuito a las personas interesadas para la gestión y tramitación de las solicitudes. Pueden presentarse de forma telemática con firma digital o rellenando el formulario a través del registro de entrada del Ayuntamiento de Torrent hasta el 4 de octubre. El horario de atención de Nous Espais es de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, y es indispensable pedir cita previa en el teléfono 961565456.

El Consejero delegado de Nous Espais, José Francisco Gozalvo, ha señalado que "es muy importante que los vecinos que cumplan los requisitos, se pongan en contacto con Nous Espais, ya que estamos aquí para ayudarles en todo el proceso para solicitar esta ayuda".

El requisito indispensable es que los demandantes sean personas físicas mayores de edad y que sean titulares de un contrato de arrendamiento (o cesión) de vivienda formalizado en los términos de la Ley de Arrendamientos Urbanos. También puede ser un contrato de arrendamiento de habitación. El contrato deberá tener una duración mínima de un año y la vivienda o habitación debe constituir la residencia habitual y permanente de la unidad de convivencia, por lo que las personas que la integran deberán encontrarse empadronadas en la vivienda con anterioridad al momento de solicitar la ayuda. La acreditación de la composición de la unidad de convivencia y la concurrencia de esta circunstancia se comprobará telemáticamente por la administración pública a través de las plataformas de interoperabilidad administrativa, por lo que no será necesario que el solicitante aporte documentación acreditativa de ello.

El nivel de ingresos, suma total de la renta anual de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda, debe ser inferior a 3 veces el IPREM (25.200 euros). Para familias numerosas o familias donde haya personas con discapacidad, este límite puede ser de 4 o 5 veces el IPREM (33.600 o 42.000 euros), según casos.

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