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informe sobre la directora general de internacionalización

Transparencia señala incompatibilidad de Cucarella por haber sido apoderada de una gasolinera familiar

El informe deja las decisiones sobre "responsabilidad política" al órgano superior del que dependa la alto cargo, en este caso, el conseller de Economía, Rafa Climent

13/07/2016 - 

VALENCIA. La Conselleria de Transparencia ha hecho público el informe sobre las posibles incompatibilidades de la directora general de Internacionalización, Mónica Cucarella, alto cargo de la cartera de Economía y miembro del Bloc, a su vez parte integrante de Compromís.

El estudio realizado por el departamento que dirige Manuel Alcaraz se centra sobre la posible incompatibilidad de Cucarella al ser apoderada de una gasolinera que está denunciada por desobediencia al no haber descontaminado sus instalaciones y sobre la que podría intervenir la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente. Además, también se ha pronunciado sobre el hecho de que la directora general no hubiera facilitado su titulación en el Portal de Transparencia tal y como se solicita desde la conselleria. 

En las conclusiones, a continuación reproducidas, se subraya que no habría incompatibilidad en el hecho de que Cucarella tuviera una participación de un12% de la sociedad mercantil La Industrial Constructora SL "mientras la entidad no suscriba contratos o reciba subvenciones públicas". Es decir, al no haberse consumado la intervención de la Conselleria de Medio Ambiente en la gasolinera familiar.

No obstante, el informe sí refleja que existe "una incompatibilidad en la condición de apoderada que ha tenido hasta el día 24 de junio de 2016". Sin embargo, se matiza, "a efectos de valorar la trascendencia de la incompatibilidad cabría comprobar las actuaciones efectivamente realizadas en nombre de la sociedad mercantil desde su toma de posesión como alto cargo".  

Pese a todo, el estudio reflexiona en sus conclusiones sobre "la ejemplaridad y dignidad institucional" que deben tener los altos cargos, y por la cual deben contribuir "en todo caso al prestigio, la dignidad y la imagen de la institución". Y prosigue: "La valoración y el juicio de si dichos criterios concurren o no en el caso concreto corresponde únicamente al órgano superior de cuya confianza política dependa". O lo que es lo mismo, el conseller de Economía, Rafa Climent.

Conclusiones del informe de Transparencia

- En materia de transparencia, la directora general de Internacionalización tiene la obligación de facilitar determinada información a la Dirección General de Transparencia y Participación para dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad activa relativas a la información sobre altos cargos. En cuanto a la obligación de entregar la reproducción gráfica del título académico, tras ser requerida en numerosas ocasiones la directora general de Internacionalización entregó el 23 de junio de 2016 el recibo del pago de las tasas de expedición del título. En este sentido, se ha realizado una consulta al Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno para determinar si a efectos del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa dicho recibo es equivalente a la reproducción gráfica del título académico. 

- En cuanto a las declaraciones de actividades y de bienes y derechos patrimoniales, se ha conocido que la directora general de Internacionalización tenía la condición de apoderada de la sociedad mercantil La Industrial Constructora S.L., dato que se omitió en la declaración de actividades presentada en el Registro y publicada en el Portal de Transparencia GVA Oberta. En relación con ello, son los altos cargos declarantes los que responden de la veracidad y certeza del contenido de las declaraciones de actividades y de bienes y derechos patrimoniales. 

- Respecto a las incompatibilidades, el informe constata que no existe a priori incompatibilidad por la participación de un 12% de la sociedad mercantil La Industrial Constructora S.L. mientras la entidad no suscriba contratos o reciba subvenciones públicas. Sí que existe en principio una incompatibilidad en la condición de apoderada que ha tenido hasta el día 24 de junio de 2016. Sin embargo, a efectos de valorar la trascendencia de la incompatibilidad cabría comprobar las actuaciones efectivamente realizadas en nombre de la sociedad mercantil desde su toma de posesión como alto cargo. 

- Por último el informe valora las responsabilidades políticas que pueden existir por parte de la directora general de Internacionalización en su condición de alto cargo atendiendo, entre otros, a los criterios que establece el Código de Buen Gobierno de la Generalitat. En este sentido, señala que la legitimidad de los altos cargos se basa no sólo en el estricto cumplimiento de la legalidad vigente sino también se enmarca en criterios de confianza política y ética pública. Apunta el estudio entre otros artículos de esta norma el que se refiere a la ejemplaridad y dignidad institucional que deben tener los altos cargos, y por la cual deben contribuir en todo caso al prestigio, la dignidad y la imagen de la institución. Ahora bien, la valoración y el juicio de si dichos criterios concurren o no en el caso concreto corresponde únicamente al órgano superior de cuya confianza política dependa.

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