VALÈNCIA. El boom por las sociedades de capital riesgo no se detiene en la Comunitat Valenciana, tal y como viene dando cumplida información este diario. Hasta el punto que a primeros de septiembre pasado publicó un panel sobre el porqué de esta 'fiebre' entre una decena de reputados financieros. Unos vehículos de inversión, las SCR, que en cierto modo han venido a sustituir a las denostadas sicavs como comentaron dichos expertos.
Si hace un mes era la familia Vilata-Darder de Edicom los que lanzaban Simrelvest Flagship, ahora el turno es de Jesús Barber Rubio el que ha hecho lo propio con Baliza Capital. Una SCR domiciliada en pleno 'cap i casal', que está gestionada por Columbus Venture Partners, la firma fundada por el también valenciano Damià Tormo.
Baliza Capital ya cuenta con el pertinente código ISIN otorgado por la Agencia Nacional de Codificación de Valores (ANCV), que está integrada en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Concretamente es 'carné' para poder operar corresponde al número ES0168065003, mientras que se ha constituido con el mínimo legal de los 1,2 millones de euros preceptivos.
Normalmente transcurren unas pocas semanas desde que la ANCV otorga el código ISIN hasta que la CNMV da su pertinente autorización. Sin embargo, a veces el tiempos se demora tal y como ha sucedido con Cecocapital Inversiones, la sociedad de capital riesgo de los fundadores de Cecotec. La misma que como avanzó Valencia Plaza recibió el 'carné' a finales del pasado mes de junio; mientras que la autorización del organismo supervisor llegó el viernes 13 de octubre.
Su administrador único es Jesús Barber Rubio, que hace lo propio en otras cuatro mercantiles más según Informa: Proyectos y Estudios Valencianos, H M Valencia, Servicios Valencianos Internacionales y HM y Sanchis Consultores de Comunicación.
Baliza Capital fue constituida el 4 de septiembre bajo el objeto social de la toma de participaciones temporales en el capital firmas no inmobiliaria ni financiera, que en el momento de la toma de participación no coticen en el primer mercado de bolsas de valores o en cualquier otro mercado regulado equivalente de la Unión Europea (UE) o del resto de países miembros de la OCDE; así como la inversión en otras entidades de capital riesgo sometidas a la LECR o entidades extranjeras similares.