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Un castellonense recupera 35.000 euros de Triodos Bank: el juez dicta que era un producto 'opaco'

30/04/2023 - 

CASTELLÓ.  Un juzgado de Castellón ha estimado una demanda de un cliente de Triodos Bank por la inversión de 35.000 euros en un producto financiero que, según la sentencia, la entidad bancaria comercializó de manera opaca y poco transparente. El producto en cuestión, conocido como CDA (Certificado de Depósito de Acciones), es un producto complejo de alto riesgo similar a las preferentes y que ha derivado en una gran litigiosidad.

En este caso, se trata de una sentencia pionera en la Comunidad Valenciana, que se suma a otras en Navarra, País Vasco, Aragón y que ha sido dictada por el Juzgado de Primera Instancia 2 de Castellón de la Plana, en la que se condena a Triodos Bank por la comercialización de sus CDAs a un cliente.

En el fallo, el juzgado estima íntegramente la demanda presentada por  el cliente y anula "las contrataciones por error o vicio en el consentimiento" de este producto financiero por lo que condena a la entidad bancaria a devolver al cliente el dinero depositado en CDAs más los intereses legales desde las compras y con expresa condena en costas a Triodos Bank.

"Falta de información cierta"

El juzgado ha constatado así "falta de información cierta, completa, comprensible y veraz sobre el CDA y sus riesgos, omitida por la entidad demandada, a través de sus empleados, en los que sus clientes depositaban su entera confianza". Y por ello, admite que haya habido por parte del cliente "error de vicio" al encontrarse en "inferioridad" por "depender de las explicaciones e información y cumplimiento de sus deberes por parte de la entidad bancaria".

Así pues, el juez ha considerado probado que al cliente "no se le informara suficientemente del riesgo del producto" porque "de la lectura del folleto informativo, no se deduce que se pudiera perder el capital ni ver reducido su valor, ni tampoco que las condiciones del producto pudieran variar con el lapso del tiempo, transformándose en un producto totalmente diferente al inicialmente adquirido", es decir, convirtiéndose en un producto "similar a las acciones".

Así, en un principio "parece razonable que un ciudadano medio, pueda sentirse atraído por el producto, al disminuirse el riesgo de pérdida del capital invertido ante la estabilidad del mercado en el que iban a ser emitidos, la propia solvencia de la entidad financiera". Pero "en ningún caso se informa al cliente que dicho mercado podría cerrarse por la entidad, perdiendo el cliente la totalidad de la inversión", reza la sentencia en cuestión.

Por todo ello, el juzgado acepta la anulabilidad de las compras realizadas por el cliente de 420 Certificados de Acciones y obliga a la entidad bancaria a "restituir [...]  los importes suscritos por la cantidad total de 32.040 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de abono de las cantidades".

"De haberlo sabido, no hubieran puesto sus ahorros"

El socio director de Iribarren Artola Abogados, Iñaki Iribarren, que ha llevado la demanda, celebró esta "sentencia pionera" y aseguró estar en el despacho "muy contentos" porque el cliente "va a poder recuperar su dinero invertido en este producto tóxico". "Ya hemos abierto el camino con la primera sentencia en España favorable por CDAs de Triodos Bank y poco a poco vamos abriendo la puerta a los afectados en las diferentes comunidades".

Así, dijo que en estas sentencias "se está produciendo una inclinación en la balanza en favor de los clientes, pues a la fecha son más los juzgados que se han pronunciado en favor de los clientes, condenando a Triodos Bank" y permitiendo a los particulares recuperar "íntegramente todo el dinero que han depositado en un banco que ha comercializado los CDAs a clientes minoristas ahorradores, de manera opaca, poco transparente y sobre todo de una forma agresiva en la confianza por el tipo de banco ético que se le presupone". "Ninguno de ellos, si hubiera conocido el alcance real del producto, sus naturaleza, sus elementos esenciales y el verdadero riesgo, hubiera depositado sus ahorros de toda la vida en el mismo", sentenció al respecto.

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