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recomienda a la generalitat crear una sociedad pública mercantil

El Consell Jurídic admite la subrogación del personal de las resonancias como 'a extinguir'

Ana Barceló, consellera de Sanidad. Foto: EVA MÁÑEZ
21/02/2019 - 

VALÈNCIA. El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha dado luz verde a la Conselleria de Sanidad para abordar la subrogación del personal del servicio de resonancias que actualmente presta la UTE Erescanner Salud ,controlada por Eresa, en casi todos los hospitales de la sanidad pública. El proceso, que fue paralizado tras un informe de la Abogacía de la Generalitat en el mes de noviembre, ya puede retomarse al entender el órgano consultivo que existe sucesión de empresas y que la figura menos mala para asumir a los trabajadores es la de 'personal a extinguir', la misma que se utilizó para incorporar a la administración al personal del departamento de La Ribera tras la reversión en abril de 2018. 

Desde Sanidad habían manifestado en varias ocasiones su confianza en que fuera el CJC quien desbloqueara el asunto. Justo este miércoles, la consellera de Sanidad, Ana Barceló, señalaba que el futuro del proceso dependía de si el informe dictaminaba que existía sucesión de empresas. Pocos meses antes, el subdirector general de Administración de Personal y Salud Laboral de la Conselleria de Sanidad, Guillermo Aranda, apuntaba al mismo informe como punto de inflexión.

Ahora, el dictamen firmado el 13 de febrero, permitirá continuar con el proceso y terminar con el pago mediante expedientes de enriquecimiento injusto a la UTE, que lleva prestando el servicio casi cuatro meses sin contrato, desde el pasado 1 de noviembre. 

Misma infraestructura y maquinaria 

Según explica el CJC, la clave para entender la sucesión se encuentra en que el servicio público prestado por Erescanner pasará a ser realizado por la administración con la misma infraestructura, maquinaria y equipos, concurriendo el requisito de la continuidad en la prestación del servicio y además prestándose para los mismos usuarios.

Y es que el informe de la Abogacía con el que se paralizó el proceso no especificaba si existía subrogación o no, solo apuntaba a que la Generalitat, de manera unilateral, no tiene capacidad para decir si existe una sucesión de empresa, ya que esa decisión le corresponde un juez de lo Social, parecer con el que no está de acuerdo el CJC. "No parece razonable que, siendo evidente la existencia de una sucesión de empresa, la Administración la niegue, no la acuerde, y los trabajadores tengan que acudir a los tribunales para que se les reconozca, en su caso, su relación laboral", señala el dictamen del órgano consultivo.

Para ello, cita la Directiva 2001/23/CE, de 12 de marzo, sobre mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspaso de empresas. "La aplicación de este precepto se extiende a todo supuesto de subrogación empresarial o transmisión de empresas y, por tanto, también cuando la empleadora es una Administración Pública u otra entidad del sector público, tal y como lo han considerado los tribunales españoles y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea".

112 trabajadores con posibilidad de subrogarse

Según el CJC, se han contabilizado 112 trabajadores con la posibilidad de subrogarse, de los que 3 son de la UTE, y el resto de sus socios -42 de Eresa, 63 de Inscanner y 4 de Beanaca, sin existir ninguno de Ribera Salud-. Los profesionales contemplados por categorías son 15 radiólogos, 29 enfermeros, 42 técnicos en radiodiagnóstico, 8 técnicos en cuidados auxiliares de enfermería y 17 auxiliares administrativos. 

Según el primer borrador del proyecto de decreto de subrogación, Sanidad solo asumirá personal que tenga antigüedad de al menos un año en los hospitales públicos donde la empresa presta el servicio de resonancias magnéticas. No obstante, cabe recordar la posibilidad de que algunos de los 112 trabajadores no pasen a la administración, al tener la potestad de decidir cada uno si quiere quedarse en las empresas para las que trabajan actualmente. 

El 'personal a extinguir', regulado por ley

Una vez dirimido que existe sucesión de empresas, el CJC pone dos figuras sobre la mesa: la de 'personal laboral indefinido no fijo' y la de 'personal a extinguir', que es el que se aplicó a la plantilla del Hospital de Alzira cuando Ribera Salud dejó de prestar el servicio y lo asumió la Conselleria. "Ninguna de estas dos figuras está exenta de controversia jurídica", señala el informe. Con todo, el CJC señala al 'personal a extinguir' como la fórmula más apta para abordar la subrogación al estar incluida en la Ley de Salud de la Comunitat Valenciana, cuyo contenido no ha sido cuestionado por el Gobierno.

No obstante, no es la primera vez que el órgano consultivo muestra reticencias sobre la figura del 'personal a extinguir'. Ya lo hizo en el dictamen de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 2019, en la que el Consell trató de fijar un marco legal para los trabajadores que se integran en empresas públicas. Ahí señaló que la fórmula genera una "distorsión" en la forma de acceso al sector público, entre otras críticas. A pesar de ello la acepta, pero reitera la posibilidad de articular la subrogación del personal de Erescanner mediante la creación de una sociedad pública mercantil.

Foto: GUILLERMO LUCAS

Como es evidente, también cuestiona el porqué el Gobierno todavía no ha regulado este proceso. "Resulta difícil de comprender que tanto la legislación básica estatal como la normativa comunitaria imponga la subrogación del personal en los supuestos de sucesión de empresas (aplicable a las entidades públicas) y que, a su vez, el legislador estatal no haya regulado el mecanismo para operar de forma efectiva y adecuada la incorporación de dicho personal a las entidades públicas", recoge el informe. 

Por otro lado, el indefinido no fijo, que está incluido en el Estatuto Básico del Empleado Público, es una figura prevista únicamente como respuesta judicial por parte de los tribunales. "La Administración Pública no puede acudir directamente a la figura del indefinido no fijo en los procesos de reversión", señala. 

Las condiciones de subrogación

Sobre las condiciones en las que el personal se subrogará, señala que lo harán con los mismos derechos que ostentaban en la UTE y, por tanto, con la condición de trabajadores indefinidos "fijos de plantilla", no pudiendo transformarse su contrato en otro diferente. En ese marco, el personal sigue sujeto al convenio colectivo vigente en la empresa, por lo que tendrá que asumir el que hasta ahora estuviera adherido la unión de empresas.

El CJC también pide informes técnicos que justifiquen la asunción del servicio con parámetros objetivos que justifiquen la necesidad y conveniencia de reversión y su gestión directa por parte de la administración pública. "No debe olvidarse que los procesos de reversión de servicios públicos tienen un evidente impacto sobre el gasto público por la asunción personal, sin olvidar que puede dar lugar a una vía alternativa de selección de personal al margen del principio básico constitucional de igualdad", recuerda. 

En este caso, existen dos informes de la Sindicatura de Comptes, de 2013 y 2016, que afirman que la gestión privada del servicio era mucho más cara que si la hubiera hecho la Conselleria con medios propios.

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