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a partir de las 18.00 horas de este martes

España restringirá la entrada de vuelos y buques desde Reino Unido durante 14 días

No afecta a los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada, ni al personal aeronáutico necesario transporte aéreo

22/12/2020 - 

VALÈNCIA.  (EP) El Gobierno ha anunciado este martes que la restricción para los vuelos y buques procedentes del Reino Unido entrará en vigor este martes a las 18.00 horas y se extenderá durante los próximos 14 días, aunque se permitirá la entrada de ciudadanos o residentes en España y Andorra.

Así lo ha anunciado la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, este martes tras la reunión del Consejo de Ministros en la que se ha aprobado nuevas restricciones de entrada a España por vía aérea y marítima desde Reino Unido.

"Desde las seis de la tarde de hoy hasta las seis de la tarde del próximo 5 de enero, sólo se permitirán los vuelos procedentes del Reino Unido para personas residentes o nacionales en Andorra o España", ha dicho Montero.

España, de manera conjunta con Portugal, anunció ayer la suspensión de los vuelos de entrada procedentes del Reino Unido, una decisión que se comunicó tras la reunión del mecanismo de crisis de la Unión Europea, que ayer analizó los efectos de la nueva cepa del coronavirus detectada en el Reino Unido, y pidió que se eviten los viajes no esenciales.

Estas restricciones no afectan a los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada, ni tampoco al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.

Adicionalmente se contemplan otras exenciones relativas a transportes aéreos o marítimos de Estado, exclusivos de carga, emergencia o humanitarios, o a aquellos buques que hayan salido de un Puerto de Reino Unido antes del inicio de la restricción.

En lo que tiene que ver con Gibraltar, la portavoz del Gobierno ha aclarado que el Ministerio del Interior tiene previsto un refuerzo del control terrestre para que no haya ningún tipo de problema con respecto a esta norma y que solo puedan pasar al territorio las personas que residan en España o Andorra o trabajadores que tienen un movimiento habitual en la frontera.

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