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El fiscal pedía 9 años de inhabilitación y más de 200.000 euros de responsabilidad civil

La exalcaldesa de Puçol, absuelta de prevaricación

25/05/2021 - 

VALÈNCIA. El juzgado de lo penal número 7 de València ha absuelto de un delito de prevaricación a la exalcaldesa popular de Puçol, Mercedes Sanchis. Así, el titular de la sala considera que no ha quedado probado que la edil se negara deliberadamente a firmar un expediente por el que se reclamaban más de 220.000 euros a una empresa en calidad de daños sobre el alcantarillado.

Un "descuido" que finalmente provocó que fuera el propio ayuntamiento quien tuviera que asumir las costas de las reparaciones. En este contexto, el ministerio fiscal sí que percibió indicios de delito y pedía para Sanchis una pena de 9 años de inhabilitación y el pago de la cantidad en materia de responsabilidad civil. Algo que por el momento no tendrá que afrontar, aunque contra la absolución todavía cabe recurso ante la Audiencia Provincial

Según la sentencia, los hechos se remontan al año 2012, cuando el ayuntamiento abrió un expediente sancionador a la empresa por el vertido de materiales corrosivos sobre la red de alcantarillado. Unos vertidos que provocaron la desaparición de más de 1.300 metros de tuberías y por los que se le reclamaban 223.000 euros para proceder a la reparación. 

El consistorio dio 10 días a la empresa para presentar alegaciones y esta lo hizo, pero aun así se resolvió que los hechos eran probados y que por lo tanto el reclamo del dinero debía seguir en pie. De esta forma, se remitió a Alcaldía la resolución definitiva para que Sanchis la firmase y el expediente pudiera continuar su camino. 

Pero la alcaldesa jamás llegó a firmar esa resolución, por lo que finalmente el expediente caducó. En este sentido, una administrativa testificó que la secretaria personal de Sanchis le había dicho que esta no quería firmar la resolución "porque la empresa no podía asumir los costes y quebraría". Un hecho que durante el juicio han negado tanto la acusada como la secretaria. 

Testimonios cruzados

Así, la secretaria personal de Sanchis ha explicado que ella dejaba los expedientes sobre la mesa de la primera edil para que los firmara, y que no tenía contacto directo en este sentido con ella. Sin embargo, la administrativa en cuestión se dio cuenta de que el expediente había sido recogido sin firmar hasta en dos ocasiones, por lo que finalmente subió a hablar con la secretaria, y ahí fue cuando según su versión dijo que no quería firmar.

Un relato que ha coincidido con el de la técnica de Medio Ambiente, quien al darse cuenta de lo sucedido abrió una diligencia en la que explicó en unas pocas líneas lo que había pasado y la adjuntó al expediente, que no llegó a quedar nunca debidamente cerrado. En este contexto, la técnico testificó durante el juicio que creía recordar haber participado en una reunión con el secretario municipal y la alcaldesa, donde esta supuestamente volvió a reiterar su intención de no firmar.

Sin embargo, la sentencia recoge como "insegura" y "vacilante" su intervención. Del mismo modo, el secretario negó haber visto alguna vez el expediente sin firmar, al igual que también negó que nadie le dijera que la alcaldesa no quería procesarlo. 

La situación quedó parada hasta que años después Compromís entró en el gobierno. Así, el concejal de Medio ambiente detectó que había un expediente que no se había llegado a cerrar correctamente y se lo notificó al alcalde, que de inmediato se puso a investigar. Así, de nuevo, la técnico le contó su versión sobre la negativa de la alcaldesa a firmar y fue cuando decidió acudir a los tribunales.

Durante el juicio, la alcaldesa remarcó que la técnico de Medio Ambiente ya tenía al menos dos expedientes disciplinarios abiertos por retrasos o errores en la tramitación de algunos expedientes. Algo que ella misma llegó a reconocer. 

Así, el juez ha considerado que está ante un caso de testimonios cruzados entre los que no queda suficientemente probado que la alcaldesa se negara "deliberadamente" a firmar. Del mismo modo, también resuelve que ha quedado constatado que la alcaldesa no tenía ningún tipo de relación o interés, directo o indirecto, con la empresa

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