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tribuna libre

Las reglas del juego han cambiado con la nueva Ley Consursal

19/10/2022 - 

Hace apenas tres semanas entró en vigor la nueva Ley Concursal, que ha supuesto un cambio radical en la regulación de las situaciones de insolvencia y que ha empezado a generar muchas dudas tanto a las empresas como a los autónomos que todavía atraviesan situaciones complicadas. Y dados los cambios tan relevantes, ahora más que nunca deberían contar con asesoramiento especializado en la materia para no comprometer su viabilidad ni la responsabilidad.

Si todas las reformas de esta ley -que no han sido pocas desde su entrada en vigor en 2004- han sido polémicas, esta última tanto por el momento como por la tramitación no ha estado exenta de críticas. Lo cierto es que en la actualidad son los mimbres con los que se cuentan y con ellos se han de hacer los cestos.

Veamos a continuación cuáles han sido las principales modificaciones y cómo afectan a las empresas y empresarios puesto que las reglas del juego han cambiado considerablemente en no pocos aspectos.

Por un lado, se premia la anticipación con el objetivo de evitar lo que ha pasado hasta ahora, que la mayoría de empresas acababan en liquidación. A estos efectos, se introduce el concepto de probabilidad de insolvencia (a dos años vista) y aparecen nuevas figuras a través de los planes de reestructuración y el experto en reestructuraciones, cuya principal labor consiste en acompañar al deudor y a los acreedores en sus negociaciones para buscar la solución más conveniente para todas las partes que permita evitar el concurso. Se dota así al empresario de más herramientas de alerta temprana para ajustar sus deudas a la situación actual sin intervención de terceros (esto es, sin necesidad de nombrar Administración Concursal) ni pasar por el Juzgado, si así se decide. 

Foto: Foto: COLEGIO DE AUDITORES DE LA COMUNITAT VALENCIANA

Por otro lado, se regula -ahora si- la posibilidad de vender la unidad productiva en un momento previo al concurso, con todos los beneficios que la legislación otorga a los compradores, lo que permitirá sin duda que muchas empresas continúen con su actividad.

También se crea un nuevo procedimiento (a partir de enero de 2023) para las microempresas, que serán quienes hayan empleado a una media de menos de 10 trabajadores en el año anterior y tengan un volumen de negocio actual de menos de 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros, lo que representa la mayoría de las empresas a nivel autonómico y también nacional.

Se agilizan los procedimientos y se reducen los costes. Se fijan los tiempos máximos de duración de los concursos y, salvo que se solicite por el deudor o por los acreedores, no habrá designación de Administración Concursal de forma que quien lo proponga tendrá que pagarlo.

La regulación de la segunda oportunidad para empresarios y autónomos ha sufrido igualmente importantes variaciones. El conocido como Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) deja de ser considerado beneficio para convertirse en un derecho, de forma que si se cumplen los requisitos, que se han visto endurecidos, y se es un deudor de buena fe se le pueden perdonar las deudas incluso sin tener que vender la vivienda habitual. Y aunque se mantiene la imposibilidad de exonerar créditos públicos (Hacienda y Seguridad Social) finalmente tras la tramitación de la ley se ha conseguido que pueda eliminarse hasta un máximo de 10.000 euros.

Otras de las novedades más relevantes que ha introducido esta última reforma de la Ley Concursal es la importancia que se le da a la figura del acreedor, con un papel más participativo y la introducción de las nuevas tecnologías con mayor número de trámites telemáticos,  tendentes todos ellos a agilizar plazos y facilitar el acceso al desarrollo del expediente. Se prevé la existencia de una plataforma de liquidaciones y el desarrollo de un programa de cálculo para el plan de pagos en el que se podrán realizar simulaciones hasta lograr la mejor opción para el caso concreto, entre otros.

Empieza otra nueva etapa del derecho concursal que puede permitir lograr una posición más ventajosa y más competitiva, si se conocen al detalle sus entresijos, tanto a deudores como a acreedores. Si bien, como suele suceder con cualquier reforma de calado, habrá que esperar un tiempo para verificar y medir el logro de todos y cada uno de los ambiciosos objetivos marcados.

Beatriz Carbonell Rebolleda y Sonia Gimeno Gil son socias de SUE Abogados SLP

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