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Alega que la grabación de la exconcejal no es válida debido a su estado mental

Un imputado pide el archivo del caso del 'pitufeo' tras el fallecimiento de la exconcejala Alcón

Foto: MARGA FERRER
19/06/2018 - 

VALÈNCIA. El fallecimiento este sábado de la exconcejala del PP de València e imputada en el caso Taula María José Alcón -la hipótesis más probable es la del suicidio- ha tenido como primera consecuencia jurídica la solicitud de archivo por parte de una de las defensas de la pieza conocida como el pitufeo. Dicha pieza es la que investiga si todo el grupo municipal del PP de València excepto cuatro personas cometió un delito de blanqueo de capitales con la finalidad de financiar ilegalmente al partido para las elecciones del 2015 -mediante la donación de 1.000 euros por persona que luego les eran reintegrados con dinero negro-, así como un delito electoral por parte de algunos dirigentes.

Según se puede leer en el escrito presentado por Mariano Lorente, que ejerce la defensa del concejal Cristobal Grau, "tras el lamentable fallecimiento de la señora María José Alcón (…) esta parte considera que, a tenor de lo practicado y obrante en autos, ha quedado sobradamente acreditado que no se ha perpetrado ilícito penal alguno en el que haya participado Cristobal Grau". Y añade: "No se ha practicado diligencia de prueba alguna relativa a concretar, averiguar, dilucidar o atribuir participación concreta de Grau en los hechos, y no existe prueba alguna que permita sostener su intervención en la presente investigación".

En cuanto a los argumentos jurídicos esgrimidos por el letrado, dice el escrito que "las diligencias se inician por la petición de intervención telefónica efectuada por la Unidad Central Operativa (UCO), en la cual sorprendía que no se hiciera referencia alguna a que doña María José Alcón estaba ingresada en un centro psiquiátrico cuando se solicitó la intervención telefónica. Era más que sorprendente que fuera solicitada una medida de investigación tan invasiva como la intervención del teléfono, y se omitiera que tenía problemas psiquiátricos graves, que estaba ingresada en un centro psiquiátrico y que estaba bajo estricta vigilancia médica por la cual solo podía utilizar el teléfono en ocasiones excepcionales y bajo supervisión".

El abogado le dice al magistrado que todo lo anterior "se omitió de forma expresa", y tira de sarcasmo para contar que "ni qué decir tiene lo fructífero de la petición efectuada por la UCO, pues fue solicitada y autorizada el 14 de abril, y el 15 se produce la llamada en la que tiene su base toda la presente instrucción. Como puede entenderse es un éxito sin precedentes en los anales de la historia policial".

Aduce que la UCO sustrajo la información al instructor sobre el estado mental de la exconcejal y que, debido a ello, se solicitaron diversas diligencias entre las que se encontraba la petición al hospital en el que estuvo ingresada toda la información relativa a dicho ingreso, pero que se denegó todo. Fue entonces cuando pidieron las defensas un informe psiquiátrico forense sobre el estado psíquico en el que se encontraba Alcón.

Los forenses

El abogado, basándose en el trágico final de la exconcejala, arremete contra los dos forenses que realizaron la pericial diciendo que el informe "es sorpresivo", y en el mismo "se indica sin tapujos y con total falta de profesionalidad (a la vista del lamentable desenlace acontecido) que, tanto la percepción de la realidad como la conciencia y la capacidad de decidir se encuentran dentro de la normalidad, y que en el momento de las exploraciones no se evidencian secuelas que afecten a las percepción de la realidad, conciencia y capacidad de voluntad".

La exconcejala María José Alcón. Foto: MARGA FERRER

A raíz de dichas conclusiones, "absurdas" según la defensa, se pidió un segundo informe, cuyas conclusiones fueron similares a las del primero pues dice el escrito que "nada de lo anterior (mediación que tomaba) parecía afectar al estado anímico de la señora Alcón, la cual a juicio de los forenses estaba perfectamente y sin que nada la hubiera afectado psiquiátrica o psicológicamente, pero lo desgraciado de lo acontecido desvirtúa los pilares de la presente instrucción".

Y concluye esta parte con un contundente: "La UCO omitió conscientemente al instructor el verdadero estado de salud psíquica de Alcón y los forenses emitieron un informe carente de todo rigor, en relación a una persona cuyo fatal desenlace hemos podido comprobar".

Declaraciones de Alcón

Por último Lorente hace referencia a las diferentes declaraciones que Alcón realizó durante la instrucción judicial, y a las pruebas que según él no existen. Hay que recordar que en principio la exconcejala aseguró haber cometido el delito de blanqueo pero, tiempo después, dijo que no era así. Los investigado tienen derecho a no decir verdad en sus declaraciones, pero el letrado hace referencia a otra declaración, la que realizó ante el TSJCV en la que acudió como testigo.

A este respecto explica que "no se dedujo testimonio por faltar a la verdad como testigo. No se presentó denuncia alguna por la Fiscalía". En referencia a este punto, las fuentes jurídicas consultadas por este periódico explican que, "es normal que no se dedujera testimonio por dos motivos. El primero que aunque fuera como testigo, en la otra causa estaba como investigada y, segundo, que la doctrina del Tribunal Supremo dice que solo se puede deducir por falso testimonio cuando la declaración se realiza en juicio, nunca en fase de instrucción".

De las pruebas asegura, entre otras cosas, que "jamás se encontraron fajos de billetes de quinientos euros en el grupo municipal", o que el pitufeo se produce cuando se realizan múltiples o varios ingresos y, según su opinión, "ninguno de los investigados ha realizado ni tan siquiera dos ingresos", y apostilla que "ni hay trama, ni hay blanqueo, sino una aportación voluntaria para sufragar los gastos de campaña".

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