VALENCIA. Los empleados de las empresas y fundaciones públicas de la Generalitat con sueldos por encima de la norma podrán seguir disfrutando de sus retribuciones en el futuro. A pesar de la intención del actual Consell por poner orden en el descontrolado sector público, en el que conviven hasta cinco convenios colectivos y más de cien modalidades salariales distintas, la regulación de los "excesos" salariales se ha topado con el reconocimiento en los tribunales de los derechos consolidados por los trabajadores, lo que impide bajarles el sueldo.
En este sentido, dado que ya existen sentencias que han dado la razón a algunos empleados de empresas públicas a los que este Consell les había bajado el sueldo para ajustarlo a la normativa, la Conselleria de Hacienda ha incluido una disposición adicional en los Presupuestos de la Generalitat para 2017 con la que se pretende dar una "solución definitiva" a este asunto.
Esa disposición, la 32, prevé la creación de un complemento personal de garantía, de carácter transitorio y absorbible, a empleados de empresas y fundaciones públicas que disfrutan de aumentos salariales aplicados sin contar con las autorizaciones que exigía la normativa. Se trata del personal laboral cuyo salario supera al correspondiente a los subdirectores generales de la Generalitat, que ronda los 50.000 euros en función de los complementos.
Mediante esta fórmula, el exceso salarial de los contratos preexistentes se absorberá con cargo a futuras subidas salariales, ya que estos trabajadores permanecerán unos años sin incrementos salariales "hasta regularizar definitivamente su situación", explican fuentes de la Conselleria de Hacienda.
No obstante, en la misma disposición se fija la posibilidad de autorizar retribuciones para el personal laboral por encima del límite general, pero de forma excepcional y por causas "debidamente justificadas y vinculadas a la especial cualificación requerida para el puesto de trabajo". El personal directivo de las empresas públicas, por su parte, queda al margen de esta disposición, ya que sus retribuciones se regularon mediante un decreto específico, el 95/2016, de 29 de julio.
La aprobación de este complemento personal viene impuesta por la situación con la que se han topado los nuevos gestores del sector público al intentar corregir los incumplimientos salariales que año tras año había detectado la Intervención de la Generalitat en las empresas públicas. Al recortar el sueldo de algunos de esos trabajadores para homogeneizarlos y ajustarlos a la norma, se han producido las primeras demandas y los primeros fallos a favor de los empleados.
Así ha ocurrido, por ejemplo, con tres empleados de la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunitat (SPTCV), un directivo y dos trabajadores, a los que el consejo de administración de la sociedad acordó en 2008 subirles el sueldo y pagarles más de lo que tenían establecido. El motivo aducido entonces fue la asunción de nuevas funciones por parte de los empleados beneficiados tras la reducción de personal que aplicó la sociedad.
Durante siete años, esos empleados percibieron salarios por encima de lo que les correspondía según la normativa. A pesar de que la Ley del Sector público obliga a las sociedades a contar con la aprobación de la Conselleria de Hacienda para la masa salarial, la SPT ha abonado año tras año salarios sin el preceptivo visto bueno previo de Hacienda.
En septiembre de 2015, el nuevo consejo de administración de SPTCV acordó minorarles el sueldo a los tres empleados para restituir sus condiciones a la situación inicial y les reclamó la devolución de las cantidades percibidas indebidamente. Tres meses antes, en junio, la auditoría realizada por Mazars Auditores sobre las cuentas de 2014 puso de relieve como en años anteriores, la existencia de puestos de trabajo con excesos salariales sin informes favorable.
La reclamación ascendía en conjunto a 15.364 euros, el equivalente al exceso salarial cobrado el último año. Las cantidades cobradas con anterioridad ya no se podrían reclamar al haber prescrito.
Aunque uno de los empleados se allanó, los otros dos pleitearon para no tener que devolver el dinero y el juzgado de lo social de Alicante ha fallado a su favor al entender que se trataba de un derecho consolidado. La Conselleria de Hacienda, que explicó que la SPTCV ya ha regularizado esa situación para adaptarse a la sentencia, considera que la responsabilidad no es de los trabajadores, sino de "los gestores del PP que procedieron a incrementarles el sueldo sin contar con las autorizaciones legales requeridas por la normativa".
Los incumplimientos salariales no son un hecho aislado en el sector público valenciano. Al contrario, según las últimas auditorías de cumplimiento de la legalidad en el sector público elaboradas por la Intervención sobre el ejercicio 2015, al menos otras seis sociedades mercantiles presentan este tipo de irregularidades.
Se trata de Ciegsa, Cacsa, Circuito del Motor, Vaersa, Aerocas y Ciudad de la Luz -estas dos últimas dependen de la SPT-.
La directora general de Sector Público, Empar Martínez, denunció esta misma semana que el PP del Consell permitió que cada empresa pública actuara "por libre" y sin ajustarse a los límites establecidos por los informes de masa salarial. Ante ello, resaltó que la Conselleria de Hacienda trata de "depurar los abusos del pasado en el sector público".
Martínez se pronunció de este modo tras una sentencia del TSJ que obliga a cinco empresas a hacer públicos en un plazo de dos meses su relación de puestos de trabajo, los procesos de selección y los salarios que abonan a sus empleados. Se trata de Vaersa, el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (Ivace), la Entidad Pública de Infraestructuras (EIGE), Culturarts y el IVAM.
La directora general destacó la "transparencia" que se está aplicando al sector público de la Generalitat ahora. El Consell trata de hacer "un diagnóstico real de los problemas" de la mano de todas las partes implicadas, incluidos los sindicatos, antes de presentar la nueva Ley del Sector Público en la que se trabaja desde hace varios meses.