VALÈNCIA. El Ayuntamiento de València inició este viernes los trámites para que los pisos turísticos ocasionales no tengan cabida en Ciutat Vella. Un veto acordado en la Junta de Gobierno Local, tal y como expuso el concejal de Hacienda Borja Sanjuán, pero que no saldrá adelante antes de que se acabe el mandato actual por un motivo principal: el tiempo que queda para que se celebren las elecciones y todos los trámites administrativos que serían necesarios para su entrada en vigor.
La intención de PSPV y Compromís es modificar las normas urbanísticas del Plan Especial de Protección de Ciutat Vella (PEP) para prohibir esta tipología de apartamentos turísticos en el centro histórico de la ciudad de València. Un cambio normativo que han decidido realizar después de que el Tribunal Superior de Justicia anulara las normas que imponía el PEP de Ciutat Vella.
Sin embargo, los pasos a seguir para modificarlo son numerosos: tras el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, Urbanismo deberá elaborar un proyecto de evaluación ambiental y sacar el documento que recoja la reforma planteada a exposición pública para que los interesados puedan presentar alegaciones.
Una vez incorporadas o rechazadas, el documento se introduciría en el orden de un pleno municipal -cabe recordar que tan solo se celebra uno por mes y hasta elecciones tan solo quedan cuatro- para su aprobación provisional. A partir de ese momento, se remitiría a la Conselleria de Territorio para que pudiera aprobarse definitivamente y publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
Toda una serie de gestiones que, según fuentes municipales de Urbanismo consultadas por este diario, no podrían resolverse en menos de seis meses. Por ejemplo, la fase de exposición pública absorbería en torno a 40-45 días y para realizar la elaboración de la evaluación ambiental se necesitaría el mismo plazo, por lo que para zanjar ambos procedimientos ya habrían transcurrido tres meses.
Con estos mimbres, los plazos administrativos convierten el anuncio de este viernes más en una promesa electoral que en una medida a aplicar en un corto plazo, dado que al no aprobarse antes de que elecciones, su validación quedará en manos de quien gobierne a partir del 28 de mayo. Si Compromís y PSPV retuvieran la vara de mando, el proyecto continuaría sin problemas. Pero si el Ayuntamiento cambia de gestores y pasara a gobernar el PP, es una incógnita si los populares decidirían o no seguir adelante con esta reforma. La edil del PP Paula Llobet, de hecho, pidió tras la Junta de Gobieno Local que el Gobierno de Ribó "no estigmatice al sector".
Por el momento, la Asociación de Viviendas de Alquiler para Estancias Cortas de la Comunitat Valenciana (Avaec) ya advirtió este viernes que va a estudiar detenidamente la intención del Ayuntamiento y no descartaron ninguna acción legal futura. "No nos sorprende porque entra dentro del estilo autoritario de gobernar de este gobierno municipal", manifestaba su presidenta Pilar Giner.
"La modificación que se propone tramitar, teniendo en cuenta que la sentencia no es firme y que contra la misma Avaec va a interponer recurso de casación, es contraria a derecho e infringe gravemente el fallo de la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que anula, por desproporcionadas y no justificadas, la mayor parte de las restricciones impuestas a la vivienda turística", añade Giner. Según Avaec, con esta modificación, la concejal de Urbanismo Sandra Gómez busca "sortear o imposibilitar" la ejecución de la sentencia del TSJ y "podría estar incurriendo en prevaricación por ejercicio arbitrario del poder al dictar o promover resoluciones, pura y simplemente, producto de su voluntad, aunque revestidas de una apariencia de fuente de normatividad".
Conviene recordar el origen de la polémica. En primer lugar, el Plan Especial de Ciutat Vella distinguía entre el uso hotelero y dos tipologías de piso turístico: el 'ocasional' -aquellos cuyos propietarios decidieran alquilar por un periodo máximo de 60 días al año con fines turísticos con el permiso previo de la Comunidad de Propietarios- y la vivienda de uso turístico 'profesional' -situada en un bloque completo exclusivo y sin límite temporal para su alquiler-.
La normativa desarrollada por el consistorio, además, dividía el distrito de Ciutat Vella en dos partes: el área más grande de predominancia residencial -los barrios de El Carme, La Seu, La Xerea y El Mercat- y una parte de predominancia terciaria -el barrio de Sant Francesc-, coloreados en la imagen inferior con el gris para la primera, y el cian y el violeta para la segunda.
En la mayoría del distrito (el área de predominancia residencial) prohibía generalmente el uso hotelero y el de vivienda turística profesional, pero permitía la vivienda turística ocasional con las condiciones marcadas -que el dueño fuera residente empadronado en dicha vivienda y la alquilase hasta 60 días al año con el consentimiento de la Comunidad de Propietarios-. En Sant Francesc, por otro lado, permitía el uso hotelero y las viviendas turísticas profesionales. Eso sí, estos debían estar separados por 150 metros entre ellos.
El Plan entró en vigor en 2020, pero se dejó sin eficacia la posibilidad de implantar viviendas turísticas ocasionales, porque estas no entrarían en vigor hasta que no se aprobase "la correspondiente ordenanza reguladora".
Sin embargo, las asociaciones de pisos turísticos recurrieron la norma en los tribunales. Y la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) sobre la regulación de los pisos turísticos en el centro histórico de la ciudad de València, conocida a finales del año pasado, cambió el panorama. De hecho, el fallo resultó más favorable para los intereses de las asociaciones del sector que para el propio Ayuntamiento de València.
Por una parte, anuló el régimen transitorio para los pisos ocasionales por la inseguridad jurídica que generaba. Una consideración que según la Asociación de Viviendas de Alquiler para Estancias Cortas de la Comunitat Valenciana (Avaec) implicaba que la implantación de este tipo de usos ya era posible sin necesidad de esperar a la citada ordenanza.
Pero además, en segundo lugar, la sentencia anuló también las condiciones que el Ayuntamiento había atribuido a esta tipología de vivienda turística para cuando fuera posible su implantación a partir de la validación de la ordenanza en cuestión. El TSJ consideraba injustificados los requisitos que se les exigían: que el dueño fuera un particular y no una empresa, que estuviera empadronado, que alquilara el piso como máximo 60 días al año y que cumpliera con las reglas de la Comunidad de Propietarios.
De esta manera, todo decayó con el fallo del tribunal, por lo que las empresas podrían operar a partir de entonces con viviendas turísticas de uso ocasional y estas se podrían sacar al alquiler sin límite temporal y sin tener en cuenta las condiciones de la Comunidad de Propietarios. El fallo, no obstante, no era firme y cabían recursos, por lo que esta posibilidad de implantar viviendas turísticas ocasionales todavía no era efectiva.
De hecho, al no ser firme, la concejalía de Urbanismo puso en stand by la interpretación que hicieron las asociaciones del fallo y desde el área gobernada por los socialistas advirtieron que estudiarían en profundidad la sentencia para determinar qué implicaciones tendría.
Ahora bien, si finalmente la modificación del Plan Especial de Protección de Ciutat Vella que ahora impulsa el consistorio lograse ver la luz después de elecciones, el Ayuntamiento lograría sortear el dilema que supondría que el Tribunal Supremo ratificara la sentencia que ya emitió el TSJ y que anulaba tanto el límite legal como el necesario consentimiento de la Comunidad de Propietarios.
Días después de conocerse el fallo del TSJ, el consistorio recurrió ante el Alto Tribunal. Pero si la prohibición de los pisos turísticos ocasionales en Ciutat Vella sale adelante, sería indiferente si los autos de ambos tribunales coincidieran en anular el límite temporal y el citado consentimiento porque ya existiría una norma que vetaría directamente la posibilidad de que se instalasen en el distrito.