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reconoce daños por unos 720.000 euros a intersagunto por los bajos rendimientos deliberados

Un juez condena el boicot de estibadores a la única empresa de España que se acogió a la liberalización

28/11/2022 - 

VALÈNCIA. Un juez ha reconocido los daños económicos sufridos por la única empresa de España que se acogió de manera inmediata al decreto de 2017 que dio el pistoletazo de salida a la liberalización de la estiba. El motivo fue el boicot efectuado por los trabajadores. El juzgado de primera Instancia número 2 de Sagunto ha estimado la demanda interpuesta por Intersagunto, la compañía que gestiona la terminal de este puerto perteneciente a Grupo Alonso. Y condena, a su vez, al Centro Portuario de Empleo de Sagunto (Sesasa, Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios del Puerto de Sagunto) a abonar a la primera alrededor de 720.000 euros.

Los hechos recogidos en la sentencia comenzaron hace cinco años. En aquel momento, el Gobierno central aprobó el Real Decreto 8/2017. El objetivo era dar cumplimiento a la sonada condena del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2014 por el régimen legal en el que se encontraba la estiba en España y que concluyó que operaba en un auténtico monopolio. Desde 1986, este sector gozaba de un régimen especial por el que se obligaba a las empresas de estibadores a ser accionistas de las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP) y a contratar prioritaria y exclusivamente a los trabajadores vinculados a las mismas. 

Así ocurría en los puertos de todo el Estado, incluyendo, por ende, el de Sagunto. El Real Decreto estableció entonces la plena libertad de contratación de los trabajadores y eliminaba la obligación de las empresas estibadoras de participar en las citadas SAGEP. Intersagunto decidió aplicarlo y, en noviembre de 2017, comunicó su intención de separarse de Sesasa (la bolsa donde estaban los estibadores en Sagunto). En ella se encontraban como socios Noatum y Bergé. 

La empresa inició así todo el proceso. Primero, vendió al resto de socios su participación en el capital social y, dentro del periodo de tres meses previsto en la ley, hizo lo propio con la participación accionarial. Tras la separación, Intersagunto se tenía que llevar una cuota de estibadores equivalente a la que tenía cuando formaba parte de la sociedad y que era de alrededor de un 30%. Pero aquí empezaron los problemas que derivaron en la denuncia en los tribunales y en la resolución favorable bajo la defensa ejercida por el abogado Jesús Bonet

Foto: EVA MÁÑEZ   

La sentencia reconoce la existencia de prácticas para impedir el desarrollo habitual de la actividad que desempeñaba la empresa hasta que la salida estuviera jurídicamente solventada. Después de anunciar la separación, el juez sostiene que hubo un bajo rendimiento deliberado por parte de los estibadores entre noviembre de 2017 y enero de 2018. Como ejemplo, de acuerdo con la pericial presentada por el letrado de Intersagunto y en la que el juzgado se basa para sus conclusiones, se pasó de una media de 20,3 movimientos por hora a una de 11,4 movimientos por hora. 

Esto provocó conflictos en las labores de carga y descarga de buques en el Puerto de Sagunto. Entre ellos, que se tuvieran que usar más manos de las contratadas, que hubiera más turnos y horas de remate, que hubiera carga acumulada que se dejó en el muelle o que algunos contenedores no pudieran descargarse. Actuaciones que conllevaron quejas y pérdidas de clientes de Intersagunto, como la naviera Cotunav, debido al "servicio lamentable" ofrecido.

Otras navieras incluso se dirigieron a Puertos del Estado para transmitir la reducción de rendimientos que el servicio a sus busques estaba sufriendo en diversas terminales portuarias a raíz de la decisión anunciada por Intersagunto de abandonar la SAGEP, y los perjuicios de dicha práctica. 

 Foto: AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA  

La situación también fue comunicada por parte de la propia empresa a Sesasa y a la Autoridad Portuaria de Valencia. En el caso de esta última, no consta ninguna acción adoptada aunque reconoció lo ocurrido. En el caso de la primera, incoó hasta 103 expedientes disciplinarios a los estibadores que acabaron en sanción. Sin embargo, todos ellos fueron recurridos por los trabajadores en los tribunales y el juzgado les dio la razón, con la anulación de las sanciones, porque tenían defectos de forma (los cuales Intersagunto cree que se plantearon a propósito para que no prosperara la sanción). 

Debido a todos estos hechos, el juez entiende que existe un "nexo de causalidad entre el incumplimiento y el resultado lesivo" para Intersagunto. Motivo por el que estima la demanda y reconoce los daños y perjuicios cifrados en 577.648 euros. A los cuales se suman los intereses legales desde la última reclamación extrajudicial de marzo de 2019 y los intereses desde la fecha de la sentencia, con expresa imposición de costas a la parte demandada (cantidad que asciende a los alrededor de 720.000 euros). Sesasa se opuso a reconocer esa cantidad y negó que sus trabajadores hubieran ejercido, de manera ilegítima y abusiva, medidas como la bajada de productividad.

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