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recomienda al alcalde dar la información que pide el pp sobre el organismo

El Síndic de Greuges afea a Ribó falta de transparencia con la permuta de Feria Valencia

Foto: MARGA FERRER
24/12/2020 - 

VALÈNCIA. El Síndic de Greuges ha vuelto a dar un toque de atención al gobierno municipal de València por no permitir el acceso a cierta información a los grupos de la oposición. En este caso, se trata de la documentación referida a Feria Valencia que el Partido Popular había solicitado al alcalde de la ciudad, Joan Ribó. Documentación que el primer edil rechazó entregar y que ahora el Síndic recomienda dar a los populares, según la última resolución emitida por el organismo, fechada el pasado 16 de diciembre, y publicada en su portal web.

La portavoz del grupo municipal del PP, María José Català, había pedido a Alcaldía a principios de agosto la documentación relativa a la negociación que mantiene el gobierno local con la Generalitat Valenciana para consumar la permuta de Feria Valencia. Se pretendía saber así el criterio de valoración de los bienes que había utilizado el Ayuntamiento de València para llevar a cabo las negociaciones de intercambio de suelo con la administración autonómica.

Pero a finales de mes, y de manera extemporánea, el alcalde en funciones -puesto que Ribó habría delegado en otro regidor como cada agosto- resolvió "aplazar el acceso a la información solicitada" por Català dado que lo que se pedía está relacionado con "actuaciones en curso, aun no conclusas y pendientes de finalización". Fue entonces cuando el PP presentó un recurso de reposición ante la decisión de Alcaldía, que también fue rechazado más tarde.

"Esta institución -el Síndic- tiene dicho, en las numerosas resoluciones emitidas en esta materia, que si los representantes elegidos por sufragio universal encuentran trabas para el desarrollo ordinario de su función, no solo se vulnera directamente su derecho fundamental al ejercicio de su cargo público, sino que también, aunque sea de manera indirecta, se ponen obstáculos improcedentes a la plena efectividad del derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, piedra angular de nuestro sistema democrático", asegura Ángel Luna, Síndic de Greuges en la resolución.

En este sentido, recuerda que el derecho de acceso a la información pública que consta en las dependencias municipales es "un derecho fundamental que tienen todos los concejales, tanto quienes forman parte del equipo de gobierno, como quienes se encuentran en la oposición". Al fin y al cabo, los concejales "no son terceras personas ajenas a la administración municipal".

Pero es que además, insiste, "la legislación específica en materia de régimen local ha querido que el acceso a la información de los regidores sea rápida, sin retrasos de ningún tipo, puesto que esto dificulta más allá de lo razonable el ejercicio de un derecho fundamental". Por ello asegura que es "muy importante" contestar a las solicitudes en un plazo máximo de cinco días, y "no cabe retrasar la contestación ni impedir el acceso de forma real y efectiva a la información".

Así pues, el consistorio ha incumplido "la obligación legal" de contestar en plazo al Partido Popular, según el Síndic, por lo que Català habría adquirido automáticamente, por silencio administrativo, el derecho a acceder a los documentos que solicitaba. Y sin embargo, Alcaldía "sigue sin dictar la correspondiente resolución motivada" y tampoco facilita la información pedida.

A juicio de Luna, la información que solicita el PP "no puede ser subsumida en alguno de los supuestos de información auxiliar o de apoyo". "Muy al contrario", dice, "la información parece fijar el criterio de valoración del Ayuntamiento de los bienes a los que se refiere, a salvo de la posición de la Generalitat respecto al mismo en el proceso de negociación entre ambas administraciones".

Es por ello que el Síndic finalmente recomienda al Ayuntamiento de València que "proceda a revisar" el rechazo al recurso de reposición planteado por Català y, por tanto, "proceda a facilitarle la información solicitada". Es más, el organismo acuerda recordar "el deber legal de contestar motivadamente las solicitudes de acceso a la información pública presentadas por los concejales en el plazo legal máximo de cinco días". El gobierno municipal deberá remitir al Síndic una respuesta diciendo, de manera motivada, si acepta o no sus consideraciones.

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