VALÈNCIA. La Abogacía del Estado ayudará a liquidar el Consorcio València 2007, del que la Administración General del Estado formó parte durante tres lustros, hasta 2019, pero no lo hará gratis. El Estado prestará asistencia jurídica al organismo en el proceso de liquidación y disolución durante los próximos dos años, según se publicó este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El Consorcio, en disolución desde que se produjo la condonación de la deuda del 400 millones de euros contraída con el Instituto de Crédito Oficial (ICO), deberá abonar 55.501,08 euros al Estado como contraprestación del servicio.
El pago se realizará en tres fases a lo largo del año. De esta forma, el Consorcio València 2007 deberá abonar la primera antes de que acabe abril. La segunda parte se realizará entre mayo y agosto, y antes de que acabe el año se completará el pago. El contrato se puede prolongar para dos años más en el caso de que las partes así lo acuerden.
Cabe recordar que el Consorcio tenía suscrito desde febrero de 2021 un convenio de asistencia jurídica con la Abogacía General del Estado, que queda sustituido por el actual. La diferencia con el anterior es que ahora las partes "consideran conveniente" que la Abogada General del Estado designe uno o más abogados del Estado para que coordinen de forma directa la asistencia jurídica. El objetivo, según expone el acuerdo, es "lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica".
El Consorcio València 2007 carece de la obligación de ser defendido por la Abogacía General del Estado, pues se reserva el derecho a poder ser asesorado, representado y defendido por un abogado en cualquier causa judicial. De hecho, si existe contraposición de intereses entre el Consorcio y el Estado (o uno de sus organismos), el primero deberá ser defendido por un abogado.
El acuerdo publicado por el BOE explica que si en un proceso judicial el Consorcio València 2007 es condenado al pago de las costas causadas a la parte contraria, será este organismo el encargado de abonarlas y no la Abogacía del Estado. El mismo proceso se aplica en el caso de que la condenada sea la parte contraria.