VALÈNCIA. (EP) Los letrados del Congreso concluyen que el voto del diputado del PP Alberto Casero en favor de la reforma laboral fue válido y no cabía su revocación aunque él se equivocara, y descartan que haya habido un fallo del sistema informático.
El informe remitido a la Mesa y al que tuvo acceso Europa Press, señala que el voto telemático se regula por una resolución de Presidencia de 2012, la que determinaba que debía haber comprobación telefónica con el diputado, pero recuerda que el sistema cambió en 2020 a raíz del confinamiento por la pandemia y la generalización del voto desde casa. Desde entonces, la comprobación se hace mediante la aplicación informática habilitada para los diputados y la introducción de su usuario y contraseña en la intranet de la Cámara.
Su conclusión es que el sistema funcionó el día de la votación de la reforma laboral, se acogieron a él 14 diputados y nadie se quejó de fallo informático, y que, por tanto, el voto de Casero, aunque se equivocara en la convalidación del decreto ley y en otras dos votaciones, debe darse por válido.
"El voto del Sr. Casero fue válidamente emitido y produce plenos efectos. Tal y como ha quedado acreditado, no se produjo un fallo en el sistema de votación, debiendo imputarse a un error material del diputado que el voto emitido no coincidiera con la voluntad que se quería manifestar", sentencian los servicios jurídicos del Congreso.
Frente a la tesis del PP, recalcan que el procedimiento de voto telemático "no resultó violentado", sino que el diputado ejerció su derecho a voto "de forma correcta y plena".
Es más, en un informe más técnico que completa el dictamen jurídico se detalla a qué hora exacta entró Casero en intranet, cuando emitió su voto y a que hora le salió el justificante. Y se ve también cómo comprobó hasta cinco veces su voto en los cinco minutos siguientes a que viera el comprobante. Debió de ser ahí cuando se dio cuenta de su error.
Descartado el fallo informático, los letrados subrayan que no había opción a revocar el voto, ni a cambiarlo por la votación presencial, como exigían desde el PP: "El voto válidamente emitido, sea presencial o telemáticamente, es irrevocable, de lo que se deriva necesariamente que las votaciones, salvo error técnico, no se repiten", resaltan los letrados, argumentando "numerosos precedentes" y hasta una sentencia del Tribunal Constitucional.
Y recuerdan que el voto telemático es de carácter excepcional y no puede comportar una ventaja sobre quienes lo ejercen presencialmente, ni permitir que se vote por segunda vez desde el hemiciclo, como quería el PP. No cabe una "segunda oportunidad" para quien se haya equivocado al votar desde casa: "No se puede situar en una posición de ventaja al votante telemático ni frente a los diputados que votan por el procedimiento ordinario, ni frente al resto de votantes telemáticos que no pudieran acudir a votar presencialmente".
Y también tumba la reclamación del PP que ha reprochado a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, no haber reunido de urgencia a la Mesa para tratar sus peticiones de cambiar el voto de Casero. Para los letrados, "no se dan las circunstancias que hubieran justificado la anulación" del voto telemático de Casero, y por tanto "no resultaba ni jurídicamente exigible y tampoco necesario reunir a la Mesa, habiéndose actuado conforme a precedente, al considerar que, no existiendo error técnico, no resultaba posible permitir que se repitiera la votación".
Por último, desecha la otra exigencia del PP de haber paralizado la publicación de la votación de la convalidación del decreto pues considera que el Pleno el Congreso ya se pronunció "válidamente" en esa votación, aunque fuera ajustada, "expresando su voluntad de manera definitiva".
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