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entrevista

Gilberto Macías (Clarke): "El Brexit afectará a los derechos de propiedad industrial e intelectual"

25/03/2018 - 

VALÈNCIA. Unos de los daños colaterales que ha provocado el Brexit se encuentra en los derechos de propiedad industrial e intelectual como reconoce a continuación Gilberto Macías, consultor de Clarke, Modet & Cº España, una compañía global con presencia internacional en una decena de países en América Latina, España y Portugal.

El primer año de la nueva regulación en materia de patentes y la situación por la que atraviesa en España en general y en la Comunitat Valenciana en particular son otros de los aspectos que aborda a continuación el experto.

-¿Cómo afecta el Brexit a las marcas y patentes españolas?
-La salida del Reino Unido de la Unión Europea, el llamado Brexit, afectará diferentes ámbitos entre ellos los derechos de propiedad industrial e intelectual (PII), principalmente los relacionados con las marcas, diseños, variedades vegetales, indicaciones geográficas, entre otros. En este sentido, el primer paso que tienen que dar, desde ya, las personas y empresas que realicen cualquier tipo de actividad comercial en el Reino Unido es comprobar que protección ostentan actualmente y si estarán debidamente protegidos tras el Brexit. Así, quienes ya cuentan con un título de registro en el Reino Unido no tendrán ningún problema, quienes ostentan un título comunitario, por ejemplo, una marca UE o diseño comunitario, podrán tener algún problema para salvaguardar sus derechos si finalmente no se alcanza un acuerdo entre la UE y el Reino Unido. Respecto a los titulares de una patente, sus derechos no se verán afectados en absoluto, pues el sistema de protección es diferente y, de momento, no existe ninguna protección a nivel comunitario. La actual patente europea, gestionada por la Oficina Europea de Patentes, seguirá siendo válida tanto en el Reino Unido como en la UE.

-Sinceramente, ¿hay riesgo para la protección de los derechos de propiedad industrial e intelectual?
Sí, por ejemplo, suponiendo que no se alcanza ningún acuerdo entre la UE y el Reino Unido, los titulares de una marca UE que quieran seguir comercializando su marca en el Reino Unido tendrán que tramitar un registro nacional en el Reino Unido, el cual, si no se hace cuanto antes, podría verse afectado por alguna otra marca idéntica o similar. Otro efecto negativo inmediato del Brexit, será la complicación del sistema de protección de los derechos de PII, puesto que se romperá con la armonización existente en todo el territorio de la Unión Europea. La salida del Reino Unido del sistema de marca y de diseño de la Unión, ambas figuras gestionadas por la EUIPO, limitará automáticamente el alcance territorial de estos derechos, no solo en cuanto a su registro sino también de cara a su defensa frente a posibles infracciones que se cometan en el Reino Unido. De ahí la importancia en verificar y valorar la protección que se debe tener para salvaguardar efectivamente los derechos PII tanto en el territorio de la UE como en el del Reino Unido.


-¿Y para los británicos residentes en España?
-Al igual que para los españoles, los británicos residentes en España que realizan activadas comerciales tanto en el Reino Unido como en España, se encontrarán, también, con la necesidad de salvaguardar sus derechos de PII en ambas jurisdicciones, lo cual evidentemente representa un perjuicio económico y exige una mejor gestión de estos derechos, pues no es lo mismo controlar un solo registro que dos o tres, si se opta también por el título comunitario.

-El próximo 1 de abril se cumplirá el primer aniversario de la entrada en vigor de la nueva regulación en materia de patentes, ¿qué balance hace?
-En primer lugar, hay que tener en cuenta que, con la entrada en vigor de la nueva ley, que endurece los requisitos de registro al exigir el análisis de novedad y altura inventiva obligatorio frente al sistema anterior más laxo y que permitía el registro de patentes sin examen, en los tres primeros meses previos a la entrada en vigor se experimentó un aumento de solicitudes de patentes presentadas (de 628 solicitudes de patentes presentadas en 2016 a 1.103 en 2017). Es decir, se experimentó un aumento del 75% respecto a 2016, provocado por el efecto llamada de quienes se quisieron beneficiar de las condiciones recogidas en el antiguo texto normativo. En este sentido, el mes de marzo de 2017 ha sido el mes en el que más solicitudes de patentes se han presentado ante la OEPM desde que se tiene constancia (688 solicitudes). Sin embargo, si se tienen en cuenta los datos totales de solicitudes de patentes (tanto las relativas a la nueva Ley como a las de la Ley anterior), la OEPM ha recibido 2.286 solicitudes en el año 2017, frente a las 2.849 que recibió en 2016. Ello supone una significativa reducción de entorno al 22% probablemente motivada por el endurecimiento de requisitos.

-¿Considera que dicha ley ha potenciado en España la I+D?
-Pese a los resultados cuantitativos mencionados, no debería valorarse negativamente desde la perspectiva cualitativa. Tal y como señala la propia OEPM, parece claro que la entrada en vigor de la nueva Ley ha sido un elemento disuasorio de presentación de aquellas patentes que pretendían ser concedidas con otros fines que no fueran su explotación o la puesta en el mercado en beneficio de la sociedad. Se evidencia por tanto un avance en el correcto uso del sistema de patentes donde el monopolio en exclusiva otorgado al titular del derecho está justificado con el beneficio social y tecnológico que supone la concesión de la patente, ayudando a la evolución tecnológica en España, en línea con las exigencias vigentes a nivel europeo e internacional. Por todo ello puede afirmarse sin lugar a dudas que el nuevo sistema incide claramente en un fortalecimiento de la I+D española, al apostar por patentes fuertes y competitivas.

Por cierto, ¿por qué momento atraviesa el mercado de patentes español y en qué nivel se sitúa respecto a países europeos punteros?
-Según los datos proporcionados por la OEPM, los sectores de la ingeniería civil y tecnología médica lideran en la actualidad el número de solicitudes de patente en España. Sin embargo, seguimos estando muy lejos de países punteros a nivel de patentes como Alemania, Francia o Reino Unido. Por hacernos una idea, según datos recientes de la Oficina Europea de Patentes, España ocupa el puesto 16 entre los solicitantes europeos, justo por debajo de Finlandia, aunque muy por encima de otros países europeos como Grecia o Portugal.


-En una Comunitat Valenciana tan emprendedora y en pleno boom de ‘start ups’, ¿a qué atribuye que el pasado año las solicitudes de patentes descendieran en casi un 20%, según las estadísticas de la Oficina Española de Patentes y Marcas?
-Las solicitudes de patentes nacionales descendieron en aproximadamente un 20%, acumulando nueve años consecutivos de bajadas. Este descenso es muy destacable en el caso de la Comunitat Valenciana. Esta tendencia negativa es consecuencia sin duda del impacto que ha tenido la crisis económica de los últimos años, y que ha afectado especialmente a esta Comunidad donde, junto con Andalucía, Castilla La Mancha y Murcia, la crisis económica ha hecho mayores estragos. Si bien la Comunidad Valenciana se caracteriza por su carácter emprendedor e innovador, las empresas 'starts ups' son fundamentalmente pequeñas y medianas empresas que no cuentan con todos los medios económicos para proteger sus invenciones y que necesitan de ayudas y subvenciones públicas a la innovación, las cuales en los últimos años se han visto muy reducidas a consecuencia de la crisis sufrida.  Esto unido a la entrada en vigor de la Nueva Ley de Patentes por la que se ha establecido un sistema que, aunque ofrece mayor seguridad jurídica por el examen obligatorio de patentabilidad, supone mayores requisitos y costes de tramitación que inicialmente pueden frenar la iniciativa de las pymes a registrar sus invenciones ante el temor de no superar dicho examen.

-¿Es previsible un cambio de dicha tendencia negativa en los próximos años?
-Sí dados los datos económicos positivos previsibles para España, y su apuesta por el fomento de la investigación y desarrollo y protección de la PI de nuestras empresas. En este sentido es de destacar el Plan Estratégico 2017-2020 en materia de Propiedad Industrial de la Oficina Española de Patentes y Marcas, y que entre otras medidas incluye ayudas y subvenciones para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad nacionales tanto para las PYME como para las personas físicas.

-Por el contrario, España las aumentó un 7,4%, según la Oficina Europea de Patentes, ¿cómo se explica que aumenten en España y caigan en la Comunitat Valenciana?
-España, ha reflejado en este ultimo año 2017 el mayor aumento de solicitudes de patentes de los últimos años, situándose muy por delante del avance de media de la Unión Europea. Este aumento de solicitudes de patente europea frente a solicitudes de patente nacional se debe a diferentes factores presentes en los últimos años en España; la fuerte crisis económica sufrida, parón institucional y la entrada en vigor de la nueva Ley de patentes que introduce el examen obligatorio de novedad y actividad inventiva. Estos factores han supuesto que las empresas recurran antes a la Patente Europea como modo de proteger sus innovaciones en el exterior donde disponían de mayores expectativas comerciales. Sistema que también presenta un examen obligatorio de patentabilidad pero de gran reputación internacional.

-¿Es caro registrar una patente en España respecto a otros países europeos?
-No es particularmente más caro registrar España que en otros países europeos. Sin embargo, existen otras vías más económicas si se quiere proteger una invención en varios estados como son la Patente Europea o a través del sistema internacional de PCT. Razón por la que las empresas en tales casos optan por dichas vías de protección en lugar del registro país por país.

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