VALÈNCIA (EP). La sala Primera del Tribunal Constitucional (TC) ha visto vulnerada la defensa de Francisco Grau, uno de los presuntos testaferros del expresidente de la Generalitat Valenciana y exministro con el PP Eduardo Zaplana, al no tener acceso a información relacionada con los motivos de su ingreso en prisión en el caso Erial.
Así se desprende de la resolución, consultada por Europa Press, en la que el TC estima el recurso de amparo interpuesto por el letrado de Grau, acusado en el conocido como caso Erial, relacionado con el supuesto cobro de más de 10 millones de euros en comisiones derivadas de concesiones de ITV y parques eólicos de la Comunitat Valenciana en la época de Zaplana, a través de una organización formada por un núcleo de personas cercanas al 'expresident'.
Grau interpuso un recurso ante el TC al no haber podido tener acceso a la documentación relativa a los motivos de su ingreso en prisión por el caso Erial.
El Juzgado de Instrucción número 8 de València, encargado de Erial, acordó la detención del recurrente y se llevó a cabo el 22 de mayo de 2018. Tras ello, se acordó su ingreso en prisión en un auto que fue notificado parcialmente al demandante, ya que se había suprimido el fundamento jurídico segundo en el que se explicitaba la participación del autor en los hechos y los indicios en que se sustentaba la medida.
La decisión fue confirmada en apelación por auto de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia de 7 de junio de 2018. Con posterioridad, se solicitó por la defensa del demandante en tres ocasiones su puesta en libertad, siendo rechazadas todas esas solicitudes.
Ni en el momento inicial de solicitud de la medida cautelar de prisión ni en ninguna de las posteriores peticiones de puesta en libertad se solicitó acceder a las actuaciones para impugnar la legalidad de la prisión preventiva. Sí se ponía de manifiesto en los distintos escritos la falta de información sobre los indicios de delito al estar y permanecer la causa secreta.
En enero de 2019, la representación procesal del recurrente instó de nuevo la modificación de la medida cautelar, dado que entendía que no era necesaria por no existir riesgo de destrucción de pruebas ni riesgo de fuga, pero se denegó.
Tras ello, el abogado de Grau empezó a pedir lo documentos y archivos relativos a la prisión de su cliente para poder ejercitar una defensa activa y se le fueron denegando con el argumento de que "estaría en contradicción con la declaración de secreto sumarial".
El TC, tras estudiar el escrito, ha decidido estimarlo al ver vulnerado su derecho a la libertad personal y su derecho de defensa y ha acordado declarar la nulidad del auto del juzgado de la instructora que lleva el caso Erial de 18 de enero de 2019, por el que se denegó el acceso a las actuaciones esenciales para impugnar la legalidad de la prisión provisional del recurrente, así como del auto de la Audiencia que lo confirmó en apelación.
La sentencia dictada por la Sala Primera, siguiendo la doctrina fijada por la STC 83/2019, recuerda que la situación de secreto sumarial no exime al órgano judicial del deber legal de dar acceso a la persona privada de libertad a aquellas actuaciones que puedan considerarse esenciales para impugnar la prisión.
Añade, como elemento novedoso, que esta garantía defensiva no desaparece por el hecho de que el individuo afectado no se haya servido de ella en las anteriores impugnaciones de la prisión preventiva. Se considera, en definitiva, que el derecho de acceder a los elementos esenciales puede ejercitarse mientras la situación de privación de libertad subsiste, sin que exista un momento preclusivo.