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Las ayudas, ¿ayudan?

25/09/2023 - 

El pasado 24 de agosto se cerró el plazo para solicitar las tan ansiadas ayudas a industrias gasintensivas que el Gobierno de España anunció el Día de los Inocentes allá por diciembre de 2022. Hizo falta que transcurran casi ocho meses para que las empresas pudieran solicitar las ayudas y, si todo va bien, todavía harán falta un par de meses más para recibir finalmente el dinero. En total, casi un año para recibir unas ayudas destinadas a paliar el efecto del incremento del precio del gas en una industria que depende totalmente de él para levantar la persiana. Un incremento que se comenzó a notar a finales de 2021, y que alcanzó sus cotas máximas en marzo de 2022 con la invasión rusa y en agosto de 2022 con el frenesí por el llenado de los depósitos. Pero estas ayudas, ¿realmente ayudan? Veámoslo con detalle.

Hasta la fecha, las ayudas recibidas por la industria gasintensiva son desiguales. Cinco sectores gasintensivos recibieron hasta 400.000 euros a mediados de 2022 (RDL 6/2022) y otros once sectores recibieron otros importes un poco más tarde (RDL 11/2022). En total se destinaron alrededor de 375 millones de euros entre estos dos paquetes de ayudas. A finales de 2022 se anunció el RDL 20/2022 que prometía 450 millones de euros en ayudas para 36 sectores. Un importe muy significativo para un número de sectores aún más significativo ¿Iban a ser suficientes? Podemos adelantar que no, pero antes analicemos las condiciones.

Las ayudas nacieron con una serie de condicionantes que las hacen realmente poco operativas

Las ayudas nacieron con una serie de condicionantes que se han ido depurando, sin embargo, algunos, pese a matizarse, siguen haciendo que las ayudas sean realmente poco operativas. En primer lugar, las ayudas están condicionadas por la modificación de la Ley General de Subvenciones, derivada de la aprobación a finales de 2022 de la Ley Crea y Crece, que obliga a las empresas que quieran recibir subvenciones a cumplir con la Ley de Morosidad. Esto es, para recibir una ayuda por encima de 30.000 euros, el periodo medio de pago de una empresa debe ser inferior a 60 días. Ni que decir tiene que, en sectores industriales, con un alto grado de exportación y con periodos de maduración largos, cobrar a menos de 60 días es un suicidio comercial, por lo que pagar a menos de 60 días exigiría financiar todas las operaciones de la empresa. Este es el primer hándicap y ha llevado a que muchas empresas ni siquiera se planteen solicitar la ayuda.

Estas subvenciones se rigen por el marco temporal de ayudas de estado de la Unión Europea por la invasión de Rusia a Ucrania. Es decir, la Unión Europea estableció las reglas del juego y límites para que los estados miembros pudieran apoyar a sus sectores afectados sin que esto constituyese ayuda de estado. ¿Y qué ha ocurrido? Que gobiernos como el italiano, el portugués o el alemán aprovecharon el marco, implementaron con urgencia sistemas automáticos para apoyar a sus sectores y canalizaron millones hacia sus empresas sin tediosos procesos burocráticos. 

Sin embargo, en España hemos sido poco ambiciosos al no adoptar los límites máximos de ayuda permitidos por el Marco Temporal desde el inicio, para luego ir ampliándolos sucesivamente con la consecuente dilación en los plazos de ratificación por parte de la UE. También en España se nos exigen premisas extra que otros países no se han tenido en cuenta, como cumplir con un plazo medio de pago de 60 días; prohibir a las empresas beneficiarias fundamentar el aumento de costes como causa objetiva de despido; o eternos procesos burocráticos para acceder a una aportación muy inferior a la recibida automáticamente por nuestros competidores. Es decir, no sabemos hacer las cosas fáciles.

Además, se puede dar el caso de que empresas que recibieron el importe máximo el año pasado (los 400.000 euros del RDL 6/2022 y 11/2022) ahora, al calcular su cuantía máxima, resulte que no podrán acceder a ninguna cantidad del nuevo paquete al haber alcanzado su máximo permitido. Es más, puede darse el caso de que el saldo sea incluso negativo… esperemos que el Gobierno no pida el reembolso.

Cuando sí pedirá el reembolso el Gobierno es en el caso de que, pasados seis meses tras el cobro de la ayuda, no se haya logrado bajar el periodo medio de pago por debajo de 60 días. Es decir, que se dan unas ayudas, claramente insuficientes, y para no tener que devolverlas se debe reducir el periodo de pago a menos de 60 días, cosa que en nuestro sector es estructuralmente imposible. 

No me malinterpreten, puede que determinadas empresas sean capaces de reducir el plazo puntualmente para justificar las ayudas, pero la rueda natural del sector volverá a estirar los periodos de pago porque nuestros clientes igualmente continuarán pagando a más de 60 días. Y ¡ojo! que este requisito será exigible para acceder a cualquier ayuda pública superior a 30.000 euros en España. 

¿Qué sucederá si, llegado el momento, una empresa que ha recibido ayudas es incapaz de bajar a menos de 60 días y ha consumido el dinero? ¿El Gobierno va a reclamar la devolución?

Pero volvamos al momento de la devolución. ¿Qué sucederá si, llegado el momento, una empresa que ha recibido ayudas, es incapaz de bajar a menos de 60 días y ha consumido el dinero? ¿El Gobierno va a reclamar la devolución siendo consciente de que eso supone cerrar la empresa? ¿Va a ser el Gobierno responsable de la destrucción de cientos de puestos de trabajo y de tejido productivo en zonas de difícil recuperación? Esperemos que no...

Lo que sí está claro es que, si se recibe esta ayuda, las empresas hacen bien las cosas, y al final de año no hay pérdidas, deberán tributar por ellas y el 20% volverá al estado como impuesto de sociedades.

Son muchos hándicaps para algo que en otros países han resuelto de forma automática y sin tantas cortapisas, ¿no creen? En cualquier caso, parece evidente que las ayudas llegarán tarde, para aquellos a los que les lleguen y de forma totalmente insuficiente.

Así que, ¿qué opinan? Las ayudas, ¿ayudan?

...

Alberto Echavarría es secretario general de Ascer

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