MADRID (EP). El expresidente de Banco Popular Ángel Ron ha recurrido ante la Audiencia Provincial la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid, que da la razón al Banco Santander en el pleito contra el exbanquero y exige que devuelva 12,8 millones de euros percibidos en concepto de pensión, tal y como prometió nada más conocerse el fallo. En un comunicado del bufete Pilar Martínez Abogados, que ejerce la defensa de Ron, se solicita la revocación de la sentencia al considerar que está basada en un hecho "notoriamente falso y de tal calado que la contamina e invalida de manera irreparable".
En el escrito se explica que es inexistente y falso que se celebrara una junta el 27 de julio de 2016 y que se aprobara la modificación de una nueva política de remuneraciones. Así, asegura que el derecho a la pensión por jubilación estaba recogido en los estatutos de la entidad y subraya que no tiene naturaleza de indemnización por despido o cese. También indica que la regulación sobre las cláusulas 'malus' y 'claw back' no estaba vigente entonces ni tiene efecto prohibitivo o coercitivo sobre el contrato individual de Ángel Ron con el banco, de forma que considera que no se puede aplicar de forma retroactiva ni tampoco se cumplen los requisitos objetivos que requiere su aplicación.
Por otro lado, critica que la jueza que dicta la sentencia no entrara a valorar, por "no ser de relevancia para el caso", que el procedimiento iniciado por el Santander lo pusiera en marcha el mismo 6 de junio de 2017 la Comisión de Retribuciones formada por Reyes Calderón y José Estévez. Según la defensa de Ron, ambas figuras son de "reseñable protagonismo en la desestabilización y anómalo cambio de presidencia". En este sentido, alega que la sentencia debe ser considerada nula por "falta de competencia" de la jueza por razón de la materia, vulnerando el derecho al juez predeterminado por la ley. Cree que se ha declarado como hecho notorio lo que no es y se ha atribuido al expresidente de la entidad "múltiples acciones" cuando ya no ejercía como tal.
"Acoge como prueba fundamental un acta impugnada por esta parte por tratarse de un documento manipulado, con espacios en blanco y falta de elementos esenciales, y dicta un pronunciamiento incluso contrario a los que las partes declararon como hecho no controvertido: la validez de los contratos suscritos entre Ángel Ron y Popular", recoge el escrito. En suma, Ron cree que la sentencia ampara la mala fe, el ejercicio antisocial y abuso del derecho con que ha accionado el Santander", mientras que alude a la "falta de acción" del banco presidido por Ana Botín frente a Mapfre, que es la aseguradora por la que se instrumentaliza la póliza.
El pasado mes de septiembre, el Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid dio la razón a Banco Santander en el pleito contra Ron, exigiendo al expresidente de Popular el reembolso de su prejubilación y condenando a Mapfre a dejar sin efecto las obligaciones de pago previstas, así como a devolver el importe de prima no consumida, incrementado con los intereses legales calculados desde el 8 de septiembre de 2017. El Juzgado también condenó a Ron a pagar 13.093,92 euros correspondientes a la remuneración cobrada por adelantado en el primer trimestre de 2017 sin haber desempeñado efectivamente su puesto de consejero desde el 20 de febrero de 2017, junto con los intereses legales devengados.
Asimismo, se procedió a aplicar la cláusula 'clawback', de forma que el expresidente de la entidad resuelta tendrá que abonar los 215.546,33 euros cobrados en los ejercicios 2015 y 2016 por la remuneración variable correspondiente a 2013 y 2014. Tras la resolución de la entidad, el Santander decidió aplicar estas cláusulas 'malus' y 'clawback' y reclamó a Ron el cobro de 12,8 millones de euros percibidos en concepto de retribución variable.
El pago de las cantidades reclamadas por Santander a Ron se externalizó en una póliza de seguros con Mapfre, por lo que la entidad interpuso en noviembre de 2017 una demanda contra el expresidente de Popular y contra Mapfre Vida, pretendiendo que la aseguradora dejase de abonar al exdirectivo su prejubilación.