VALÈNCIA. El Juzgado de Instrucción Número 2 de Sueca ha archivado la querella presentada contra el diputado nacional de Compromís Joan Baldoví por un presunto delito de prevaricación por no haberse acatado las órdenes de paralización, y demolición, de unas obras que fueron declaradas ilegales, tal y como ha informado el propio Baldoví a Valencia Plaza.
El diputado debía declarar el próximo lunes en calidad de investigado, sin embargo el giro de los acontecimientos con el archivo de la causa, no solo conlleva el cerrojazo del caso, sino que evita el 'paseillo' de Baldoví quien había dicho que iría a declarar pese a su calidad de aforado.
El magistrado de Sueca Alberto Moral expone en su auto, al que ha tenido acceso Valencia Plaza, que de las actuaciones prácticas hasta la fecha, “no aparece debidamente justificada la perpetración de ilícito penal alguno, por lo que procede decretar el sobreseimiento provisional”. La decisión del magistrado aún no es firme, por lo que puede ser recurrida.
El caso tiene su origen en una denuncia presentada en 2007 por unos propietarios de una urbanización ante unas obras anexas sin licencia que incurrían además en un exceso de volumetría. La ilegalidad de esas obras fue reconocida por el Consistorio de Sueca, cuyos servicios jurídicos ordenaron la paralización de las mismas.
El caso llegó hasta el TSJCV, que dio la razón a los denunciantes, aunque las sucesivas órdenes, primero de paralización de las obras y después de demolición, nunca llegaron a ejecutarse.
A este respecto, explica Moral que el consistorio inició el expediente oportuno, pero que en 2018 recibió un requerimiento de la Consellería de Infraestructuras requiriendo información y documentación, indicando que las obras “podrían ser constitutivas de infracción grave de la Ley de Costas”.
La ley 16/2005 dice en su artículo 255 que la potestad sancionadora recae en la Generalitat, por lo que el juez dice que, “de conformidad con el referido precepto, el ayuntamiento debió cesar en la tramitación de su expediente, puesto que la competencia para comprobar la legalidad de las obras que nos ocupan, pasó a ser de la Generalitat”. Y añade que “no consta que por el órgano correspondiente de la Generalitat se notificara resolución alguna al citado ayuntamiento”.
También se dice en el auto que, posteriormente, tras la sentencia del TSJCV, “se reaperturó el expediente, dando cumplimiento a lo indicado en dicha sentencia, la cual no ordena que se lleve a cabo demolición alguna”, y que el expediente, “dado el tiempo transcurrido, fue declarado caducado en fecha 24 de enero de 2019, aperturándose un nuevo expediente al mes siguiente, con idéntico objeto, en el que, tras su tramitación, ha recaído resolución ordenando la demolición en diciembre de 2019”.
Pero además, dice el magistrado Alberto Moral que, con carácter simultáneo a la tramitación del expediente, “fue impuesta una sanción a la promotora de las obras que nos ocupan, por importe de 43.112,16 euros, el cual fue abonado por la misma en fecha 5 de enero de 2009“.
Por lo que, a su juicio, de todo lo expuesto se desprende que “no existe indicio alguno del delito investigado, por cuanto la actuación del ayuntamiento, si bien podía haber sido llevada a cabo con mayor celeridad, cuestión que no es objeto de las presentes diligencias, fue en todo caso ajustado a la legalidad y las resoluciones judiciales que le afectaban”.
Joan Baldoví había sido citado por su condición de exalcalde de Sueca, al igual que la actual secretaria autonómica de Cultura de la Generalitat y también exalcaldesa de la localidad, Raquel Tamarit, también investigada en esta causa junto con dos funcionarios del área de Urbanismo citados el 22 de enero.