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dos sentencias afean la falta la transparencia de la aeat y REPERCUTEN EN TODO EL SECTOR PÚBLICO

Golpe del TS a la Agencia Tributaria: le obliga a revelar su plantilla y cómo reparte los pluses

28/10/2020 - 

VALÈNCIA. La batalla de un sindicato por el aumento de la transparencia en el seno de la Agencia Tributaria ha derivado en dos recientes sentencias del Tribunal Supremo que repercuten en el conjunto del sector público. La última de ellas, de hace escasos días, obliga a la AEAT a revelar su catálogo de puestos de trabajo, a lo que se suma otra del pasado junio en la que determina que se den a conocer los criterios del reparto de las conocidas como "productividades" -los incentivos al rendimiento-. 

El periplo judicial de todo este asunto partió de una reclamación de 2017 de la Junta de Personal de Valencia, presidida entonces por Paco Gaspar, también de la directiva del sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Este órgano, tras reiteradas solicitudes desde 2013 sobre el reparto de las productividades, pidió en un nuevo escrito a la Agencia Tributaria que facilitara el catálogo actualizado de puestos de trabajo ocupados y vacantes en la provincia. Ante la negativa, acudió al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que dictó resoluciones favorables, obligando a remitir la información. 

El Abogado del Estado interpuso recursos contra ellas en 2018, que fueron desestimados por el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 6. La Administración del Estado presentó otro recurso contra esa sentencia, siendo parcialmente estimado por la Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Esta resolución fue recurrida por el Abogado del Estado y por la Junta de Personal de la AEAT en Valencia, motivo por el que ahora se pronuncia el Supremo para rechazar el primero y aceptar el segundo. 

La Agencia Tributaria denegó la información solicitada por entender que los órganos de representación de los empleados públicos tienen un régimen propio de acceso a la información contenido en el Estatuto Básico del Empleado Público. Pero a juicio del Supremo no es correcto este argumento. 

La ley de Transparencia, por encima del EBEP

La clave de todo -y el motivo por el que esta sentencia sienta jurisprudencia- es que prevalece la ley de Transparencia. Para no aplicarla resultaría necesario que otra norma de rango legal incluyera un régimen propio y específico con una regulación alternativa por las especialidades que existen en un ámbito o materia determinada. Algo que no existe, señala la Sala, en el caso del Estatuto Básico del Empleado Público, de modo que no se puede "limitar o condicionar el acceso a la información que las Juntas de Personal pueden tener en relación con aquellas materias relativas los empleados que representan y la información que les atañe". En definitiva, sus normas no regulan el derecho de información referido a los empleados públicos ni sus retribuciones.

Una oficina de la Agencia Tributaria. Foto: EFE   

La Junta de Personal de Valencia, a la que el Supremo ha dado la razón por partida doble, justificó, en contra de lo argumentado por la AEAT, que el hecho de que se estén desarrollado negociaciones con los representantes sindicales y que se les proporcione datos en las mesas de negociación correspondientes "no puede privar a los órganos de representación del acceso a la información pública sobre temas que conciernen al personal que representan". "Tienen derecho a conocer los objetivos de los que depende el concreto reparto de las distintas bolsas de productividad, los criterios seguidos para su distribución y las instrucciones emitidas para efectuarlo, al tratarse de una información directamente relacionada con las retribuciones de los empleados públicos", sostuvo.

Mientras, el Abogado del Estado arguyó que lo solicitado tenía un nivel de concreción que llevaría a la imposibilidad de ejecutar la función inspectora y de prevención del fraude sobre los contribuyentes seleccionados, pues pasarían a ser de conocimiento público con carácter previo a la actuación inspectora, con identificación de particulares o empresas sobre las que se pretende actuar. 

Un punto que el Supremo contradice. El alto tribunal concluye, de este modo, que "la transparencia y publicidad, tanto de los objetivos perseguidos por un ente público y su grado de cumplimiento como de los criterios de distribución de los fondos públicos, en este caso relacionados con el reparto de la retribución por productividad entre los empleados, tiene especial importancia para la ley. Por el contrario, no ha quedado justificado que la información solicitada sobre el catálogo de puesto de trabajo y otros aspectos dificulte o impida la represión de ilícitos tributarios o las funciones de inspección, vigilancia y control de la Agencia Tributaria".

En su opinión, la aplicación de los límites al acceso a la información "requiere su justificación expresa y detallada que permita controlar la veracidad y proporcionalidad de la restricción establecida". Pero "nada de ello se hizo por la Administración afectada, que inicialmente no contestó a la petición de información y cuando lo hizo no se incluía referencia alguna al ahora pretendido peligro para las funciones de inspección y control", afirma el Supremo.

La Administración Pública tendrá que informar sobre los pluses

A la obligación de revelar los funcionarios y las vacantes, se suma -como se menciona en la propia sentencia- el pronunciamiento del pasado junio que afeaba a la AEAT la opacidad en los criterios del reparto de incentivos al rendimiento a través del Plan Especial de Intensificación de Actuaciones de la Inspección de Hacienda (PEIA), implementado en la etapa del exministro Cristóbal Montoro. 

Ahora la obliga a concretarlos. También en qué objetivos se basan -y su grado de cumplimiento- para que los empleados públicos puedan recibir estos pluses, hasta el momento decididos por los responsables de cada departamento. Un ejemplo: no existe explicación conocida para que un técnico pueda percibir 8.000 euros anuales y un inspector 25.000.

El bonus de 2019 supuso un desembolso en nóminas de casi 100 millones de euros, según cifró el sindicato Gestha. La Junta de Personal de Valencia pidió que se publicaran los motivos para repartir 24 de ellos.

Con esta sentencia, Administración Pública tendrá la obligación de detallar todo lo relativo a la distribución de los premios de productividad entre los empleados. 

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