Da la razón a la Abogacía del Estado, que recurrió los dos decretos que aprobó el Gobierno del Botànic en 2015
VALÈNCIA (VP/EFE). El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado la nulidad de los decretos de copago a personas con diversidad funcional y pensionistas del Consell porque no fijan los presupuestos económicos que deben tener los posibles beneficiarios.
En una sentencia del 16 de junio de la sección quinta de la Sala de lo contencioso administrativo, facilitada hoy por el TSJCV, se declara la nulidad de los decretos del Consell 239 y 240/2015, de 29 de diciembre, al estimar el recurso presentado por el Estado.
La Sala considera que en los dos decretos, que anulaban el copago establecido por el Gobierno, "no se extrae" como consecuencia que los beneficiarios de las ayudas se hallen en todo caso ante una situación de necesidad, que "deberá derivarse" de los medios económicos que posean.
Afirma que los decretos deberían fijar los presupuestos económicos que deben poseer las personas con diversidad funcional y los pensionistas para acceder a la subvención. Al no haberlo hecho así, añade la sentencia, "se incumple el mandato constitucional y se desvirtúa la finalidad de las subvenciones que aquellas normas establecen".
La Administración del Estado, en su recurso, consideraba que los decretos pretenden dejar sin efecto una norma estatal que regula el copago farmacéutico y ortoprotésico, lo que a su juicio implica una desviación de poder.
Pero la Sala asegura que los decretos no suponen una desviación de poder porque, al amparo de la competencia autonómica, se persigue que las personas en situación de desamparo requieran una actuación protectora para atender unas necesidades que no están cubiertas por la Seguridad Social en el actual contexto normativo.
La Generalitat argumentó que nada impide que las Comunidades Autónomas con competencia en materia de asistencia social otorguen ayudas a personas con prestaciones asistenciales de la Seguridad Social y se encuentren en situación de desempleo, como son los discapacitados o pensionistas, según indica el texto de la sentencia.
El fallo judicial impone las costas a las partes demandadas -la Generalitat y el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad Valenciana-, que se fijan en un máximo de 3.000 euros.
Pese al fallo, desde el Consell se insiste en que se recurrirá y las ayudas frente al copago farmacéutico y ortoprotésico están plenamente vigentes. La sentencia no afecta en ningún caso a las ayudas del 2016 ni a las actuales del año 2017, que seguirán concediéndose con total normalidad.
"La sentencia no es firme y se está preparando recurso de casación. Existen cuestiones técnicas que llevan a esa suspensión y nosotros como siempre acatamos la sentencia", ha asegurado el conseller de Transparencia, Manuel Alcaraz.