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El Gobierno valenciano aprueba la norma que regula los grupos de interés

El decreto valenciano de 'lobbies' incluye a los funcionarios y protege a los denunciantes

15/10/2021 - 

VALÈNCIA (VP). El Consell aprobó este viernes, después de ocho aplazamientos por las discrepancias entre los socios de Gobierno, el decreto que regula la actividad de los grupos de interés -lobbies- de la Comunitat Valenciana, tales como el Registro de Grupos de Interés, el seguimiento de la huella de estos grupos durante la elaboración normativa de anteproyectos de ley y proyectos de decreto del Consell, así como el procedimiento especial de participación, previo a la elaboración de las normas.

Las discrepancias más importantes eran dos: si se imponían las mismas exigencias para los funcionarios que para los cargos públicos, de manera que ambos estén obligados a informar sobre las reuniones que mantengan con los grupos de presión -Presidencia lo exigía y la consellera de Participación y Transparencia, Rosa Pérez Garijo, se oponía-, y el anonimato de los denunciantes, que figuraba en el borrador inicial elaborado por Transparencia en la época de Manuel Alcaraz y el PSPV no veía claro.

En el primer caso, se impuso la tesis de la parte socialista del Consell y los funcionarios involucrados en la elaboración de normativas tendrán las mismas obligaciones de transparencia que los altos cargos. En cuanto al anonimato de los denunciantes, se ha sustituido esta denominación por la de confidencialidad de la identidad de los funcionarios que denuncien una irregularidad.

El decreto desarrolla la Ley 25/2018, de 10 de diciembre, de la Generalitat, reguladora de la actividad de los grupos de interés de la Comunitat Valenciana, conocida como ley de lobbies.

El texto viene a garantizar la transparencia en la participación de los grupos de interés en la adopción de políticas públicas y en la elaboración de proyectos normativos, todo ello de acuerdo con los principios de legalidad, publicidad, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en la gestión pública.

La participación de los grupos de interés, de manera transparente y plural, permite desarrollar una administración colaborativa que forma parte de la noción de buen gobierno, evitando que los poderes públicos puedan favorecer a unos grupos de interés frente a otros.

Registro de Grupos de Interés

El Registro de Grupos de Interés de la Generalitat es un registro administrativo, de carácter público, abierto, gratuito y que funciona de manera electrónica exclusivamente.

Las personas, entidades y organizaciones que tienen la condición de grupo de interés o actúan en representación de estos tienen la obligación de inscribirse en el Registro e informar previamente de su condición. Sin esta inscripción no pueden reunirse, entrevistarse o participar de las agendas de trabajo de los cargos públicos, ni del personal empleado público.

El registro contendrá la información relativa a las reuniones, de las cuales se hará constar en el registro referencia de los asuntos tratados, las comunicaciones, los informes y todos los otros documentos que se produzcan a consecuencia de la actividad de influencia, incluyendo sus contribuciones y participación voluntarias en consultas oficiales sobre propuestas normativas, actos jurídicos y otros procesos participativos.

La 'huella normativa'

El decreto también regula lo que se denomina 'huella normativa' referida a la publicidad de los contactos que la administración de la Generalitat mantiene con los grupos de interés durante la elaboración de los anteproyectos de ley y los proyectos de decreto, asegurando así que la influencia de estos grupos en la confección de las normas sea transparente y no desproporcionada.

Cuando previamente o a lo largo del proceso de elaboración de un anteproyecto de ley o de un proyecto de decreto del Consell se hayan producido actividades de influencia relacionadas con este, el órgano competente para su tramitación emitirá un informe de huella de los grupos de interés.

En el informe se hará constar la identidad de los cargos públicos y del personal empleado público que ha mantenido el contacto; identidad del grupo de interés, fecha y objeto del contacto; indicación de la documentación aportada, remitida o entregada; además de hacer referencia al informe si ha existido un proceso de participación especial previo a la elaboración de normas.

El informe sobre la huella de los grupos de interés se publicará en el Portal de Transparencia de la Generalitat GVAOberta y formará parte del expediente cuando se remita para la emisión de informes o para la aprobación de anteproyectos de ley o de proyectos de decreto del Consell.

Asimismo, se podrá activar un proceso especial de participación previa de los grupos de interés en el caso de la elaboración de un proyecto de ley o de un decreto sobre una materia objeto de su competencia en el que haya intereses que pueden resultar afectados.

Este proceso es, en definitiva, una nueva herramienta de participación con la que se persigue mejorar la calidad de las normas, ahondar en las prácticas que definen el buen gobierno y facilitar la resolución de conflictos antes de la aprobación de las normas.

Por último, el texto recoge el régimen sancionador específico en materia de grupos de interés, detallando cómo se iniciará, las comunicaciones de alertas y denuncias, así como la tramitación del procedimiento sancionador.

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