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la generalitat pagó más de lo que hubiera abonado con una gestión directa del servicio

Trabajo constata una cesión ilegal de empleados para la limpieza de los centros educativos valencianos

6/11/2020 - 

VALÈNCIA. Inspección de Trabajo ha levantado un acta de infracción al constatar una cesión ilegal de trabajadores en el servicio de limpieza de los centros educativos públicos de la Comunitat Valenciana. El organismo ha atendido una denuncia presentada por CCOO por lo que considera un uso "torticero" de los mecanismos de subcontratación para eludir costes laborales que sí ha de asumir la Administración. 

Lo que ahora advierte Trabajo tiene su origen en julio de 2016, cuando la Generalitat adjudicó dos lotes de contratos a Eleroc Servicios por un total de 8,46 millones de euros para la limpieza de los centros educativos con un plazo de tres años. A pesar de ello, parte de los trabajadores de las empresas salientes fueron subrogados indebidamente en otra, Osga Levante, lo que provocó una condena por parte del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV). 

Con posterioridad a esa sentencia, los empleados fueron subrogados en una tercera empresa, Osga Taronja, incumpliendo tanto el fallo como la normativa vigente. La Inspección recuerda que, al ser Eleroc la única adjudicataria, las otras dos empresas prestan el servicio sin autorización de la Administración

Esta forma de actuar, indica el informe al que ha tenido acceso Valencia Plaza, conlleva la aplicación por parte de estas tres firmas de condiciones diferentes en cuanto a retribuciones, jornada y modalidades de contrato, lo que incumple con la ley de contratos del sector público y, por consiguiente, se trata de una cesión ilegal de trabajadores (los cuales desconocían lo ocurrido). 

Mientras Eleroc cuenta con el convenio de limpieza de edificios y locales, a Osga Taronja y Osga Levante se le aplica el de centros y servicios de atención a personas con discapacidad en la Comunitat Valenciana. Se comprueba, señala la Inspección, que todos los empleados contratados a través estos centros tiene una discapacidad del 33% salvo 13, de manera que sus contratos son a tiempo parcial y de una duración determinada. De este modo, pese a que trabajadores de estas dos últimas empresas prestaron un servicio dependiente de la primera, no contaron con las condiciones laborales ni los derechos (salario, pagas extras, pluses...) que ello suponía. Especialmente relevante resulta la reducción de sueldos.

La Administración abonó la limpieza y la subvención de los salarios de personas que no eran discapacitadas

"Los trabajadores son cedidos a Osga Taronja y Osga Levante sin tener condición de discapacitados por una minoría de supuestos, teniendo en cuenta que ninguna de las dos empresas son adjudicatarias de los servicios de limpieza", afirma Inspección, que añade que, al tratarse de centros especiales de empleo, tienen subvencionado el salario y bonificada la cotización a la Seguridad Social. Esto conlleva, en resumen, que la Administración abona a Eleroc el importe de la limpieza de los centros escolares valencianos, a la vez que subvenciona los salarios de los trabajadores de los centros especiales de empleo que son cedidos y que, además, en algunos casos no tienen siquiera la condición de discapacitados

La Generalitat, por lo tanto, ha tenido que pagar una cantidad superior a la que le hubiera correspondido con una gestión directa del servicio. 

La resolución recuerda el marco regulatorio autonómico, la Ley de Fomento de Responsabilidad Social respecto a la incorporación de cláusulas de responsabilidad social y de transparencia.

CCOO valora la actuación inspectora por su profundidad y calidad, constatando un incumplimiento tipificado como muy grave por la legislación en materia de infracciones y con un componente adicional sindicalmente reclamado de forma constante: la contratación pública no puede ejercer un mecanismo para devaluar el factor trabajo. Para ello, el sindicato recuerda que aún está pendiente por el Gobierno autonómico el desarrollo reglamentario de aspectos esenciales de la Ley de Fomento de Responsabilidad Social, como la subrogación de las personas trabajadoras, el establecimiento de una plantilla mínima, expresada en personas y horas de trabajo para desarrollar el servicio público con calidad, y la aplicación del convenio colectivo sectorial de la actividad objeto del contrato.

Igualmente, apunta que en 2018 (últimos datos conocidos) la Administración Pública valenciana inscribió más de 24.000 contratos, de los que más de 2.500 no son menores y afectan a la contratación indirecta o al mantenimiento de miles de personas trabajadoras, por lo que exigen "mayor supervisión y control de la propia Administración para que las empresas adjudicatarias cumplan estrictamente la aplicación de las condiciones sociales, laborales y medioambientales".

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