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El TSJCV anula un acuerdo que limitaba el derecho de los empleados de Vaersa a ser llamados en bolsa

3/03/2022 - 

VALÈNCIA (EP). La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado un acuerdo entre Vaersa y los sindicatos UGT y CCOO que limitaba el derecho de los trabajadores a ser llamados de la bolsa si con este llamamiento el empleado podía sobrepasar el límite temporal establecido para poder ser considerado fijo.

Así se desprende de la resolución, facilitada por el Sindicat de Treballadores i Treballadors de les Administraciones (STAS-IV), entidad que ha ganado la demanda interpuesta por conflicto colectivo.

En septiembre del pasado año se convocó la comisión negociadora en Vaersa y se fijó como orden del día la modificación del reglamento de la bolsa. Unos meses más tarde, en diciembre, la representación sindical mayoritaria de UGT y CCOO aceptó la propuesta de cambio y acordó que en aplicación de las limitaciones temporales establecidas en la legislación de desarrollo en el marco de la relación laboral que une a cada persona trabajadora con la entidad, "si en un nuevo llamamiento la persona candidata puede superar el límite temporal para dejar de considerar la relación laboral como temporal, ésta pasará a situación de no disponible temporal".

En definitiva, se consensuó que a aquéllos trabajadores temporales que ya habían trabajado para Vaersa no se les llamase de nuevo para trabajar si, conforme a lo dispuesto en la legislación, su contratación excedía los límites temporales previstos.

STAS interesó que se anulase el acuerdo al considerarlo contrario a la ley y el tribunal, tras estudiarlo, ha accedido. Entiende que el acuerdo adoptado vulnera los derechos de los trabajadores temporales.

El tribunal recuerda que constituye un principio general de derecho: "que no se puede hacer de peor condición a los trabajadores temporales por el hecho precisamente de su condición de temporalidad".

En estos términos, el acuerdo alcanzado en Vaersa de no llamamiento a la bolsa del trabajador temporal "priva a la persona trabajadora de su incorporación a la propia bolsa de trabajo". "Ello no comporta en modo alguno un mecanismo adecuado para prevenir los abusos de la contratación temporal".

El acuerdo, así, "no tiende a evitar la irregularidad en la contratación temporal porque, en el fondo, lo que hace es perpetuar la misma modalidad de llamamiento temporal bajo el presupuesto de expulsión de aquéllos que ya han sido llamados como tal, suprimiendo así cualquier derecho que aquéllos ostentaran como trabajadores y, por tanto, atentando claramente contra el espíritu de salvaguarda de los derechos y principio de no discriminación de las personas trabajadoras temporales".

Así, apostilla: "No se trata de empeorar las condiciones de los trabajadores temporales, sino de buscar mecanismos que, no solo eviten la irregularidad en la contratación temporal, sino que mantengan las garantías de los trabajadores temporales".

STAS-Intersindical considera "de suma importancia" esta sentencia y considera "perverso" limitar los derechos de los trabajadores para enmascarar que la Administración incumple sus deberes.

"Es el segundo conflicto colectivo interpuesto por nosotros que pierde Vaersa en escaso tiempo. El día 29 de marzo tenemos nuevo juicio por también vulnerar derechos de trabajadores. Lamentamos que el concepto de Vaersa de negociación sea acabar en los tribunales, pero no nos dejan más salida", ha apostillado.

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