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El máximo por persona de estas ayudas asciende a 10.000 euros 

Igualdad destina 850.000 euros para eliminar barreras arquitectónicas en viviendas de mayores

Foto: Carlos Castro/ EP
14/11/2022 - 

VALÈNCIA (EP). La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha convocado las ayudas para la eliminación de las barreras arquitectónicas existentes en la vivienda propia o en aquellos edificios o viviendas donde residen personas mayores, con un presupuesto de 850.000 euros.

Las personas que cumplan los requisitos establecidos en la orden de bases publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, pueden acceder a estas prestaciones económicas individualizadas destinadas a promover la autonomía personal y favorecer que las personas en situación de dependencia puedan mantenerse el mayor tiempo posible en su entorno, en la línea de las políticas impulsadas desde el Consell en esta materia.

La finalidad de estas ayudas es ofrecer la posibilidad de adaptar el domicilio de las personas mayores para mejorar la funcionalidad y prevenir posibles accidentes, eliminando barreras y distribuyendo elementos de apoyo que contribuyan a realizar las actividades cotidianas de forma más cómoda y segura.

Con este objetivo, la Conselleria publica anualmente la convocatoria de estas prestaciones que establece las cuantías de las ayudas que se conceden en función de los ingresos totales de la unidad familiar, el número de miembros de la misma y el coste de la actividad subvencionada, hasta un máximo de 10.000 euros por persona.

Las subvenciones concedidas se destinarán tanto a la eliminación de barreras arquitectónicas existentes en la vivienda propia como en el edificio de la persona mayor que obstaculizan su accesibilidad, incluyendo aquellas transformaciones o reformas que contribuyan a ello.

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de las prestaciones económicas individualizadas las personas solicitantes y que sean mayores de 60 años, que tengan deficiencias de carácter motor o sensorial que le impidan o dificulten su movilidad en la vivienda o en el acceso a ella. Éste requisito se puede acreditar con la resolución de dependencia en grados I, II, III o grado de discapacidad igual o superior al 33 %

También será necesario que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación, siendo excluidos los que signifiquen una mejora en el hogar y/o edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales

Se deberá igualmente cumplir con la idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que requiere el solicitante, que se acreditará a través de los informes médico y social exigidos en la correspondiente convocatoria

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el próximo 2 de diciembre.

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